¿Qué es la Iniciativa para la consecución de la capa de ozono?

La ley estatal de Nuevo México 74-2-5.3 NMSA 1978 exige al NMED que tome medidas para reducir la contaminación por ozono en los condados en los que los niveles de ozono alcancen determinados umbrales.

La Iniciativa para la consecución del ozono (OAI) tiene tres objetivos principales:

  • Garantizar la salud y el bienestar de los residentes actuales y de las generaciones futuras de Nuevo México.
  • Proteger el estado de consecución/no clasificable de todas las zonas del estado.
  • Desarrollar planes que detallen cómo las zonas de incumplimiento alcanzarán y mantendrán las normas reduciendo el ozono.

¿Por qué necesitamos la OAI?

La OAI es necesaria para mantener a los condados de Nuevo México en el cumplimiento de la normativa sobre el ozono. Actualmente, sólo el área de Sunland Park, en el sur de Nuevo México, está clasificada como de no cumplimiento. Sin embargo, en otros condados se observa un aumento de las concentraciones de ozono, ya que siete condados* superan actualmente el 95% de la norma de ozono (sombreados en rojo en el mapa siguiente).

Tenga en cuenta que los niveles elevados de ozono en el condado de Bernalillo son controlados por la División de Calidad del Aire de la ciudad de Albuquerque/Bernalillo, que está trabajando para reducir el ozono en este condado.

Si la Agencia de Protección del Medio Ambiente (EPA) designa a estos condados como no conformes, se activarán los requisitos de planificación, incluido un proceso de autorización del aire estricto, costoso y largo.

Las zonas de incumplimiento exigen que los permisos de calidad del aire incluyan la tecnología de índice de emisión más bajo posible y permitan compensaciones de emisiones para cualquier operación nueva o modificada. Las compensaciones son reducciones de emisiones, generalmente obtenidas de fuentes existentes situadas en las proximidades de una fuente propuesta, que deben (1) compensar el aumento de las emisiones de la nueva fuente o modificación y (2) proporcionar un beneficio neto para la calidad del aire. Al exigir compensaciones de reducción de emisiones, una zona de incumplimiento puede seguir permitiendo cierto crecimiento industrial al tiempo que avanza hacia el cumplimiento de las NAAQS. (Fuente:https://www.epa.gov/nsr/nonattainment-nsr-basic-information).

Hojas informativas sobre el ozono

Desarrollar la normativa

El NMED se basa en una combinación de reglamentos estatales y federales obligatorios, así como en medidas voluntarias de participación pública para reducir las concentraciones de ozono en el estado.

El NMED tiene el mandato de elaborar un proyecto de norma de acuerdo con las directrices de la Ley de Control de la Calidad del Aire de Nuevo México. El proyecto de norma establece las normas de emisión de compuestos orgánicos volátiles (COV) y óxidos de nitrógeno (NOx), contaminantes precursores del ozono, para las fuentes de producción y procesamiento de petróleo y gas situadas en las zonas del estado dentro de la jurisdicción de la Junta de Mejora Ambiental(EIB) donde las concentraciones de ozono superan el 95% de la norma nacional de calidad del aire ambiente.

Encuentre más información sobre la Norma de Precursores de Ozono aquí.

Además de las normas estatales, la NMED se basa en la normativa federal existente destinada a reducir las emisiones de contaminantes precursores del ozono.

Las Normas de Rendimiento para Nuevas Fuentes Estacionarias (NSPS) 40 CFR Parte 60 son reglamentos federales ya en vigor que controlan los NOx y los COV emitidos por los equipos de las instalaciones de petróleo y gas.

  • Subparte GG - Normas de rendimiento para turbinas de gas estacionarias
  • Subparte IIII - Normas de rendimiento para motores estacionarios de combustión interna por compresión
  • Subparte JJJJ - Normas de rendimiento para motores de combustión interna estacionarios de encendido por chispa
  • Subparte K, Ka, Kb - Normas de rendimiento para buques de almacenamiento de líquidos de petróleo cuya construcción, reconstrucción o modificación se inició después del 6/11/1973 y antes del 5/19/1978; después del 5/18/1978 y antes del 7/23/1984; y después del 7/23/1984, respectivamente
  • Subparte KKK - Normas de rendimiento para las fugas de COV de los equipos de las plantas de procesamiento de gas natural en tierra firme cuya construcción, reconstrucción o modificación haya comenzado después del 20/1984 y antes del 23/8/2011
  • Subparte KKKK - Normas de rendimiento para turbinas de combustión estacionarias
  • Subparte OOOO y OOOOa - Normas de rendimiento para instalaciones de petróleo crudo y gas natural cuya construcción, modificación o reconstrucción haya comenzado después del 23 de agosto de 2011 y antes del 18 de septiembre de 2015

Las Normas Nacionales de Emisión de Contaminantes Atmosféricos Peligrosos (NESHAP) 40 CFR Parte 63 son normas federales ya vigentes que controlan los contaminantes peligrosos emitidos por los equipos de las instalaciones de petróleo y gas.

  • Subparte HH - Normas nacionales de emisión de contaminantes atmosféricos peligrosos procedentes de instalaciones de producción de petróleo y gas natural
  • Subparte HHH - Normas nacionales de emisión de contaminantes atmosféricos peligrosos para el transporte y almacenamiento de gas natural
  • Subparte YYYY - Normas Nacionales de Emisión de Contaminantes Atmosféricos Peligrosos para Turbinas de Combustión Estacionarias
  • Subparte ZZZZ - Normas Nacionales de Emisión de Contaminantes Atmosféricos Peligrosos para Motores Estacionarios de Combustión Interna Recíproca

El NMED participa en el Programa voluntario de Avance del Ozono, que es un esfuerzo de colaboración para fomentar la reducción de las emisiones de ozono en las áreas de cumplimiento. A través de este programa, los estados, las tribus y los gobiernos locales trabajan con la EPA para tomar medidas a corto plazo para mejorar la calidad del aire local y garantizar la protección de la salud a largo plazo. El objetivo es evitar que se infrinja una NAAQS y mantener la designación de cumplimiento. El NMED ha desarrollado el " Ozone Advance Path Forward " para fomentar las reducciones de ozono. En un futuro próximo se dispondrá de información adicional y de oportunidades para que las partes interesadas hagan sus aportaciones.

Participación de las partes interesadas

El NMED prioriza y tiene un sólido historial de participación de las partes interesadas. Manténgase en contacto con su Oficina de Calidad del Aire en lo que respecta a información normativa importante y oportunidades de participación pública. Inscríbase para recibir notificaciones de información oportuna y de lectura obligatoria directamente en su correo electrónico, y consulte el calendario del Departamento para mantenerse al día.

Contactos de la Oficina de Calidad del Aire

A continuación encontrará una lista de contactos de la Oficina de Calidad del Aire:

Contactos de la Oficina de Calidad del Aire

Teléfono: 505-476-4300

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