Cuando se produce una contaminación de las aguas subterráneas, normalmente la entidad responsable de la contaminación (a menudo denominada "parte responsable") debe limpiar la contaminación con la supervisión del NMED.

Limpieza a través del Programa Estatal de Limpieza

Nuestro Programa Estatal de Limpieza administra partes del Reglamento de Protección de las Aguas Subterráneas y Superficiales de Nuevo México, 20.6.2 NMAC, que exige la limpieza del suelo, el vapor del suelo y las aguas subterráneas contaminados para proteger la salud humana y el medio ambiente. La normativa exige la adopción de medidas correctivas para mitigar los daños causados por vertidos no autorizados, así como la investigación y reducción de la contaminación del subsuelo para cumplir las normas relativas a las aguas subterráneas.

Las personas responsables tienen la opción de limpiar un emplazamiento en el marco de la reducción voluntaria si aún no se les ha notificado la obligación de un plan de reducción. Las personas responsables o los posibles compradores también pueden limpiar un emplazamiento en el marco del Programa de Saneamiento Voluntario antes de que se les notifique la obligación de un plan de reducción.

20.6.2.1203 NMAC Limpieza de vertidos no autorizados (derrames)

En caso de vertido no autorizado (derrame) actual o histórico de petróleo u otro contaminante del agua, la parte responsable debe informar del incidente y tomar medidas correctivas para limpiar el daño causado. Cuando las aguas subterráneas se ven afectadas o amenazadas, el Programa Estatal de Limpieza suele tomar la iniciativa de aprobar y supervisar las medidas correctoras exigidas a la parte responsable de conformidad con 20.6.2.1203 NMAC. Por favor, informe de cualquier vertido no autorizado a NMED mediante la presentación de un informe de incidente aquí

20.6.2.4000-4115 NMAC Prevención y reducción de la contaminación del agua

Si se exige a una parte responsable que reduzca la contaminación de conformidad con la sección 20.6.2.4000-4115 de la NMAC, la parte responsable deberá diseñar y aplicar planes de reducción de la fase 1 y la fase 2, tras la aprobación del NMED y después de un proceso de notificación y participación pública. Los planes de reducción deben abordar la contaminación en la zona vadosa y en las aguas subterráneas con el objetivo de alcanzar las normas de calidad de las aguas subterráneas y los niveles de selección aplicables.    

La primera etapa del proceso de reducción consiste en una investigación del lugar para obtener los datos necesarios para seleccionar y diseñar una opción de reducción eficaz. La investigación suele incluir una revisión de la historia del lugar, la caracterización de las condiciones hidrológicas y geológicas, la toma de muestras ambientales y un programa de seguimiento. El objetivo del plan de reducción de la fase 2 es seleccionar y diseñar una opción de reducción que permita alcanzar las normas de reducción. Una vez completada con éxito la reducción, el NMED notifica por escrito que el plan de reducción se da por terminado y que no se requiere ninguna otra acción.

Limpieza a través del Programa de Remediación Voluntaria

El Programa de Remediación Voluntaria (VRP) de Nuevo México ofrece incentivos para la remediación voluntaria de propiedades contaminadas y fomenta su reurbanización. Los participantes que completan con éxito el programa reciben la documentación de cierre del sitio por parte del NMED y la protección de la responsabilidad para los prestamistas y futuros compradores.

Para más información, visite el sitio web de VRP de NMED aquí

Limpieza a través del programa Brownfield

Un terreno baldío es una propiedad cuya reurbanización se complica por la presencia de contaminación o la contaminación percibida. Por ejemplo, antiguas gasolineras, moteles vacíos, antiguas zonas industriales o vertederos abandonados.  

La limpieza y reinversión en estas propiedades puede restaurar el medio ambiente, reducir los riesgos para la salud, eliminar el deterioro, revitalizar los centros urbanos, crear puestos de trabajo, aumentar la base impositiva local y crear un sentimiento de orgullo comunitario. Consulte el folleto de nuestro programa para obtener más información sobre los recursos disponibles para la rehabilitación de terrenos industriales abandonados.

Para obtener más información, visite el sitio web de Brownfield del NMED aquí.

Limpieza a través del Superfondo

Existen miles de lugares contaminados en todo el país debido a que se han vertido residuos peligrosos, se han dejado a la intemperie o se han gestionado de forma inadecuada. Estos lugares incluyen instalaciones de fabricación, plantas de procesamiento, vertederos y explotaciones mineras que suponen una amenaza viable para la salud humana y el medio ambiente si no se les da solución. En respuesta a estas amenazas, el Congreso de Estados Unidos aprobó en 1980 la Ley de Responsabilidad, Compensación y Respuesta Medioambiental (CERCLA). La CERCLA se conoce informalmente como Superfondo. Permite a la EPA, junto con las agencias medioambientales estatales como NMED, limpiar los lugares contaminados. En Nuevo México, la limpieza de los sitios del Superfondo es supervisada por la Sección de Supervisión del Superfondo del NMED.

Zonas contaminadas desatendidas

Si desea más información sobre los lugares contaminados desatendidos, visite la página web sobre lugares contaminados desatendidos.

Recursos de limpieza y listas de lugares

Recursos de limpieza

Listas de sitios

Informar de un vertido

Contacto con nosotros

Número de teléfono: 505-827-2900
Correo electrónico: gwqb.general@env.nm.gov

La lista de contactos del personal de la Oficina está disponible aquí.

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