De conformidad con 20.6.4.9(A) NMAC, cualquier persona podrá proponer la designación de un agua superficial del Estado como ONRW presentando una petición a la Comisión con arreglo a los procedimientos aplicables. De conformidad con 20.6.4.9(B) NMAC, el WQCC podrá designar un agua superficial del estado como ONRW cuando la Comisión determine que la designación es beneficiosa para el estado y se haya demostrado que al menos uno de los criterios de elegibilidad de 20.6.4.9(B) NMAC se ha demostrado de conformidad con 20.6.4.9(A) NMAC. Como tal, la División de Recreación al Aire Libre del Departamento de Desarrollo Económico de Nuevo México ("ORD") presentó una petición proponiendo secciones del Río Grande, Río Hondo, Lake Fork Creek, East Fork Jemez River, Redondo Creek y San Antonio Creek sean designados como ONRWs.