Misión

Nuestra misión es proteger y restaurar el medio ambiente y fomentar un Nuevo México saludable y próspero para las generaciones presentes y futuras. Llevamos a cabo nuestra misión guiados por cuatro principios:

Ciencia

Utilizar la mejor ciencia disponible para informar nuestra toma de decisiones en la protección de la salud pública y el medio ambiente.

Innovación

Emplear soluciones creativas de ingeniería y tecnología para afrontar los retos medioambientales.

Colaboración

Hacer que las comunidades y las partes interesadas participen en los resultados de la toma de decisiones en materia de medio ambiente.

Cumplimiento

Garantizar el cumplimiento significativo de la normativa y los permisos estatales; igualar las condiciones mediante su aplicación.

Reclamaciones por discriminación de personas no empleadas

NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades. Para obtener más información o presentar una queja, visite nuestra página de quejas.

Quejas por Discriminación de No-Empleados

El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades. Para obtener más información o para presentar una queja visite nuestra complaints page.

Enlace tribal

En Enlace Tribal coordina y supervisa las actividades de los organismos que puedan afectar a las tribus, naciones y pueblos de Nuevo México.

Enlace fronterizo

Enlace FronterizoEnlace Fronterizo: los Estados de Nuevo México y Chihuahua tenemos muchas formas de trabajar juntos y comunicarnos en medios ambientales en la Zona Fronteriza.

Lo que pasa ahora

26 Octubre

Comentarios públicos: Solicitud del permiso de construcción «Calidad del Aire 10883» para la microrred de Yucca Growth Infrastructure LLC — Microrred YGI

ACTUALIZADO: Suspendido por orden del Tribunal Supremo de Nuevo México — Se facilitará información adicional cuando esté disponible.

El plazo de 30 días para presentar comentarios sobre esta solicitud de permiso ya está abierto. Visite la página web del NMED enwww.env.nm.govy busque el menú «Participación Pública» en la parte superior derecha. Haga clic en «Avisos Públicos» (Public Notices) y busque en la sección del condado de Doña Ana (Doña Ana County) para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en «Portal de Comentarios Públicos» (Public Comment Portal) en el menú de «Participación Pública» para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

Para ver la versión en inglés, haga clicaquí
26 Octubre

Plazo de consulta pública: Yucca Growth Infrastructure LLC – Solicitud de permiso de construcción para la microrred de YGI en materia de calidad del aire n.º 10883

ACTUALIZACIÓN: Suspensión por parte del Tribunal Supremo de Nuevo México. Se facilitará más información cuando esté disponible.

El plazo de 30 días para presentar comentarios sobre esta solicitud de permiso ya está abierto. Visite la página web del NMED(www.env.nm.gov)y busque el menú «Participación pública» en la esquina superior derecha. Haga clic en «Avisos públicos» y busque en la sección del condado de Doña Ana para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en «Portal de comentarios públicos» en el menú «Participación pública» para enviar sus comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación:
. Para español, haga clicaquí.
25 Sep

Plazo de 30 días para la presentación de observaciones públicas: Solicitud de permiso de explotación en materia de calidad del aire de Harvest Four Corners LLC para el punto de entrega central de Horse Canyon (P035R)

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en "Public Notices" y busque en "San Juan County" para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en el Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el siguiente enlace.
26 Sep

Plazo de comentarios públicos: Certificación 401 de la planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR) Paseo Real de Santa Fe, NPDES NM0022292 / Plazo de comentarios públicos para la planta de tratamiento de aguas residuales de Paseo Real de la ciudad de Santa Fe, NPDES NM0022292

La Oficina de Calidad de las Aguas Superficiales del NMED abre el plazo de comentarios para la certificación 401 de la Ley de Agua Limpia del proyecto de permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (NPDES) para la Planta de Recuperación de Aguas Residuales «Paseo Real» de la ciudad de Santa Fe, permiso n.º NM0022292.

Por la presente se notifica que se han abierto el aviso público de la EPA y el correspondiente plazo de comentarios a nivel federal para el proyecto de permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (NPDES) correspondiente a la Planta de Recuperación de Aguas Residuales (WWRF) «Paseo Real» de la ciudad de Santa Fe, en el condado de
, con número de permiso del NPDES NM0022292. Además, el NMED ha abierto el plazo simultáneo de presentación de comentarios sobre la certificación en virtud del artículo 401 de la Ley de Agua Limpia del borrador del permiso NPDES.

Cuando la Región 6 de la EPA elabora un borrador de permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (NPDES) para un vertido en una de las aguas superficiales de Nuevo México, el NMED tiene la oportunidad de garantizar que dicho vertido no afecte negativamente a las masas de agua receptoras. Esto queda documentado mediante la Certificación 401 y es obligatorio de conformidad con la normativa estatal 20.6.2.2001 NMAC. El NMED puede endurecer los requisitos del borrador de permiso si así lo exige la legislación estatal o puede presentar observaciones a la EPA para que se tengan en cuenta en el permiso definitivo. El NMED también tiene la facultad de denegar la certificación si las condiciones del permiso no garantizan que el vertido cumpla las normas de calidad del agua. 

La instalación está situada en el número 73 de Paseo Real, en la ciudad de Santa Fe, condado de Santa Fe, Nuevo México. Los vertidos de la instalación se realizan al río Santa Fe, en el segmento 20.6.4.113 del NMAC de la cuenca del Río Grande, en el condado de Santa Fe, Nuevo México.

The draft permit, draft fact sheet/statement of basis, and other associated information can be found at the EPA public notice website and the NMED public notice website.

EPA has included the per- and polyfluoroalkyl substances (PFAS) monitoring requirements.

If you have comments that you would like NMED to consider as the Clean Water Act Section 401 Certification is drafted, please submit them using the NMED Public Comment Portal or send them to:
Susan A. Lucas Kamat, Program Manager
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
telephone 505-946-8924
email psrs.program.manager@env.nm.gov
Tutorial videos on how to use the Public Comment Portal are available in both English and Spanish.

NMED SWQB will accept written comments until the end of the business day (5pm MST) on Monday, October 26, 2026.

Individuals who submit public comments will be added to the NMED listserv.

Persons who need language services (e.g., assistance for an interpreter) or persons with disabilities who need services to participate in this public process should contact:
Susan A. Lucas Kamat
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
telephone (505) 946-8924
email susan.lucaskamat@env.nm.gov

TDD or TTY users please access the number via the New Mexico Relay Network, 1-800-659-1779 (voice); TTY users: 1-800-659-8331.
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Periodo de comentario publico abierto para la planta de tratamiento de aguas residuales de Paseo Real de la Ciudad de Santa Fe, número de permiso NPDES NM0022292

Esta es una notificación de que el aviso público de la EPA y el período federal asociado de comentarios han sido abiertos para el borrador del permiso de la planta de tratamiento de aguas residuales de Paseo Real de la Ciudad de Santa Fe, número de permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas de Contaminantes (NPDES, por sus siglas en inglés) NM0022292. Además, NMED ha abierto el período simultáneo de comentarios para la Certificación de la Sección 401 de la Ley de Agua Limpia del borrador del permiso del NPDES mencionado anteriormente.

Cuando la Región 6 de la EPA redacta un permiso del NPDES para una descarga en aguas superficiales de Nuevo México, se requiere que NMED concuerde con que la descarga no afectará negativamente a los cuerpos de agua receptores. Esto se documenta a través de la certificación 401 y se requiere de acuerdo con 20.6.2.2001 NMAC. NMED puede hacer que el borrador del permiso sea más estricto si se basa en la ley estatal o puede hacer comentarios a la EPA para su consideración en el permiso final. NMED también tiene la autoridad para denegar la certificación si las circunstancias de los permisos no garantizan que la descarga cumpla con los estándares de calidad del agua.

La instalación está ubicada en 73 Paseo Real en la Cuidad de Santa Fe, condado de Santa Fe, Nuevo México. Las descargas de la instalación son al Rio Santa Fe en el segmento 20.6.4.113 NMAC de la cuenca del Río Grande en el condado de Santa Fe, Nuevo México.

El permiso, la hoja de datos/declaración de base y otra información relacionada se pueden encontrar en los siguientes sitios web del EPA y sitios web del NMED.

La EPA ha incluido los requisitos de monitoreo de sustancias perfluoroalquilo y polifluoroalquilo (PFAS, por sus siglas en inglés).

Si usted tiene algún comentario sobre esta instalación que desea que el NMED considere al redactar la Certificación de la Ley de Aguas Limpias, Sección 401, sírvase envíelos utilizando el Portal de Comentarios Públicos de NMED o enviarlo a:
Susan A. Lucas Kamat, Program Manager
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
teléfono 505-946-8924
correo electrónico psrs.program.manager@env.nm.gov
Los videos tutoriales sobre cómo usar el Portal de comentarios públicos están disponibles en inglés y español.

NMED SWQB aceptará comentarios escritos hasta el final del día hábil (5 p.m. MST) del Lunes, 26 de Octubre de 2026.

Las personas que envíen comentarios públicos serán añadidas a la lista de correo electrónico de NMED.

Las personas que necesiten asistencia de lenguaje (por ejemplo, asistencia para un intérprete) o las personas que tengan una discapacidad o que necesiten ayuda para participar en este proceso público deberán comunicarse con:
Susan A. Lucas Kamat
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
teléfono (505) 946-8924
correo electrónico susan.lucaskamat@env.nm.gov

Los usuarios de TDD o TTY pueden acceder al número a través de la red de retransmisión de Nuevo México, 1-800-659-1779 (voz); usuarios de TTY: 1-800-659-8331.
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The New Mexico Environment Department (NMED) does not discriminate on the basis of race, color, national origin, disability, age or sex in the administration of its programs or activities, as required by applicable laws and regulations. If you have any questions about any of the NMED’s non-discrimination programs, policies or procedures, you may contact:
Kate Cardenas, NMED’s Non-Discrimination Coordinator
1190 St. Francis Dr., Suite N4050
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
telephone (505) 827-2855
email nd.coordinator@env.nm.gov

If you believe that you have been discriminated against with respect to a NMED program or activity, you may contact the Non-Discrimination Coordinator identified above or visit our website to learn how and where to file a complaint of discrimination.

El Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. Si tiene preguntas sobre cualquier programa de no discriminación, norma o procedimiento de NMED, puede comunicarse con:
Kate Cardenas, la Coordinadora de No Discriminación de NMED
1190 St. Francis Dr., Suite N4050
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
teléfono (505) 827-2855
correo electrónico nd.coordinator@env.nm.gov

Si piensa que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad de NMED, puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación.

26 Octubre

Plazo de 30 días para la presentación de observaciones públicas: Solicitud de permiso de explotación en materia de calidad del aire de Harvest Four Corners LLC para el punto de entrega central de Decker Junction (P034R5)

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en "Public Notices" y busque en "San Juan County" para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en el Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el siguiente enlace.
26 Octubre

Plazo de 30 días para la presentación de observaciones públicas: Permian Resources – Solicitud de permiso de construcción para la mejora de la calidad del aire «Bridge State 28 CTB 1» (n.º de solicitud 10783M1)

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en "Public Notices" y busque bajo "Lea County" para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en el Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el siguiente enlace.
26 Octubre

Plazo de 30 días para la presentación de comentarios públicos: el Departamento de Medio Ambiente del Estado solicita comentarios públicos sobre las demostraciones de «eventos excepcionales»

Ya está abierto el plazo de 30 días para presentar comentarios sobre esta solicitud de permiso. Visite la página web del NMED, www.env.nm.gov, y busque el menú «Participación pública» en la esquina superior derecha. Haga clic en «Avisos públicos» y busque en la sección de los condados de Luna y Doña Ana para consultar los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en «Portal de comentarios públicos» en el menú «Participación pública» para enviar sus comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación:

. Para español, haga clic aquí.
26 Octubre

Período de comentarios públicos de 30 días: el Departamento de Medio Ambiente del Estado solicita comentarios del público sobre demostraciones de fenómenos excepcionales

El plazo de 30 días para presentar comentarios sobre esta solicitud de permiso ya está abierto. Visite la página web del NMED en www.env.nm.gov y busque el menú «Participación pública» en la parte superior derecha. Haga clic en «Avisos públicos» (Public Notices) y busque en la sección «Condado de Luna y Doña Ana» (Luna y Doña Ana County) para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en «Portal de comentarios públicos» (Public Comment Portal) en el menú de «Participación pública» para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación:

. Para ver la versión en inglés, haga clic aquí.
26 Octubre

Plazo de 30 días para la presentación de observaciones públicas: Solicitud de permiso de construcción en materia de calidad del aire de HF Sinclair Navajo Refining LLC — HF Sinclair Navajo Refining LLC (Artesia), PSD0195M44

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos y busque en el Condado de Eddy para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en el Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
26 Octubre

Se cierra el periodo de comentarios públicos: Permisos de descarga de aguas subterráneas propuestos para su aprobación

La Oficina de Calidad de las Aguas Subterráneas (GWQB) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED) comunica por la presente que se han propuesto para su aprobación los siguientes permisos de vertido de aguas subterráneas. El NMED concederá un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación de este aviso (o según se indique en el aviso público al que se accede desde el enlace anterior) para la presentación de comentarios por escrito y/o la solicitud de una audiencia pública sobre la concesión del permiso. Puede añadir el plazo de comentarios a su calendario a través de nuestro Calendario de eventos, disponible en https://www.env.nm.gov/events-calendar/. Ya puede enviar sus comentarios en línea a través del Portal de comentarios públicos, disponible en https://nmed.commentinput.com/comment/search. Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y expondrán los motivos por los que debe celebrarse dicha audiencia. Se celebrará una audiencia si el NMED determina que existe un interés público sustancial. Una vez completado el expediente administrativo de un procedimiento de concesión de permisos y cuando toda la información requerida esté disponible, el NMED aprobará, aprobará con condiciones o denegará el permiso basándose en dicho expediente.

Haga clic en este enlace para consultar el aviso público:
. El NMED cuenta con un Plan de Participación Pública (PIP) para cada procedimiento de concesión de permisos, con el fin de planificar las oportunidades de participación pública y proporcionar la información que la comunidad pueda necesitar para participar en dicho proceso. Los PIP pueden consultarse en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/, en la oficina local del NMED más cercana a la actividad propuesta para la que se solicita el permiso, o poniéndose en contacto con la persona de contacto del NMED para la concesión de permisos que figura en el aviso público enlazado aquí. El NMED también mantiene listas de correo específicas para cada instalación destinadas a aquellas personas que deseen recibir notificaciones relacionadas con un procedimiento de concesión de permisos. 
Para obtener más información sobre un permiso de vertido y el proceso de concesión de permisos, para inscribirse en una lista de correo específica de una instalación u obtener una copia de un borrador de permiso o de un PIP, póngase en contacto con la persona de contacto del NMED encargada de los permisos en el número de teléfono o la dirección que figuran en el aviso público al que se accede desde el enlace que aparece aquí. Los borradores de los permisos pueden consultarse en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/, en la pestaña correspondiente al condado de la instalación. Los comentarios o las solicitudes de audiencia relativos a un borrador de permiso deben dirigirse a la GWQB, PO Box 5469, Santa Fe, NM 87502-5469, o enviarse por correo electrónico a la persona de contacto del NMED para la concesión de permisos:
Si no habla inglés, no lo habla bien o tiene alguna discapacidad, puede ponerse en contacto con el responsable de permisos del NMED para solicitar ayuda, un intérprete o un medio auxiliar con el fin de obtener más información sobre un permiso de vertido o el proceso de concesión de permisos, o para participar en actividades relacionadas con dicho proceso. En la medida de lo posible, el NMED se encargará de proporcionar los servicios de interpretación solicitados y las adaptaciones o servicios necesarios para las personas con discapacidad. Se ofrece asistencia telefónica a través de Relay New Mexico, sin coste alguno, para personas sordas, con problemas de audición o con dificultades para hablar por teléfono, llamando al 1-800-659-1779; en español: 1-800-327-1857; usuarios de TTY: 1-800-659-8331. Se ofrece asistencia de interpretación telefónica gratuita para personas que no hablan inglés o que no lo hablan bien cuando llaman al NMED.
El NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la gestión de sus programas o actividades, tal y como exigen las leyes y normativas aplicables. El NMED es responsable de coordinar las medidas de cumplimiento y de atender las consultas relativas a los requisitos de no discriminación establecidos en las partes 5 y 7 del título 40 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.), incluidos el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su versión modificada; la sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley contra la Discriminación por Edad de 1975; el Título IX de las Enmiendas a la Ley de Educación de 1972; y la sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972. Si tiene alguna pregunta sobre este aviso o sobre cualquiera de los programas, políticas o procedimientos de no discriminación del NMED, puede ponerse en contacto con: Kate Cárdenas, coordinadora de no discriminación, Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, Apartado de correos 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855, nd.coordinator@env.nm.gov. Si considera que ha sido objeto de discriminación en relación con un programa o actividad del NMED, puede ponerse en contacto con la coordinadora de no discriminación indicada anteriormente o visitar nuestro sitio web https://www.env.nm.gov/general/environmental-justice-in-new-mexico/ para saber cómo y dónde presentar una denuncia por discriminación.
26 Octubre

Se cierra el periodo de comentarios públicos: Permisos de Descarga en aguas subterráneas propuestos para aprobación

La Oficina de Calidad de Aguas Subterráneas (GWQB, por sus siglas en inglés) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por sus siglas en inglés) notifica por este medio que se han propuesto los siguientes Permisos de Descarga de Agua Subterránea para su aprobación. NMED permitirá 30 días después de la fecha de publicación de este aviso (o según lo dispuesto en el aviso público vinculado aquí) para la presentación de comentarios por escrito y/o una solicitud de audiencia pública para una acción de permiso. Puede añadir el periodo de comentarios a su calendario a través de nuestro Calendario de Eventos situado en https://www.env.nm.gov/events-calendar/. Ahora puede enviar sus comentarios en línea utilizando el Portal de comentarios públicos ubicado en https://nmed.commentinput.com/comment/search. Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y expondrán los motivos por los cuales debe celebrarse una audiencia. Se llevará a cabo una audiencia si NMED determina que existe un interés público considerable. Después de que el registro administrativo para la acción de permiso esté completo y toda la información requerida esté disponible, NMED aprobará, aprobará con condiciones o denegará el Permiso basado en el registro administrativo.


Haga clic en este enlace para ver el aviso público


NMED mantiene un Plan de Participación Pública (PIP, por sus siglas en inglés) para cada acción de permiso para planificar la facilitación de oportunidades de participación del público e información que pueda ser necesaria para que la comunidad participe en el proceso de permisos. Los PIP se pueden ver en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/, en la oficina local de NMED más cercana a la actividad de permiso propuesta, o comunicándose con el contacto de permisos de NMED identificado en el aviso público vinculado aquí. NMED también mantiene listas de correo específicas de las instalaciones para las personas que desean recibir avisos asociados para una acción de permiso.


Para obtener más información sobre un Permiso de Descarga y el proceso de permisos, para ser incluido en la lista de correo específica de una instalación, o para obtener una copia de un borrador de permiso o PIP, comuníquese con la persona que sirve como Contacto de Permisos de NMED en el número o la dirección facilitados en el aviso público vinculado aquí. Los borradores de permisos se pueden ver en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/ bajo la pestaña correspondiente al condado de la instalación. Los comentarios o las solicitudes de audiencia sobre un borrador de permiso deben dirigirse a GWQB, PO Box 5469, Santa Fe, NM 87502-5469, o enviarse por correo electrónico al contacto de permisos de NMED.


Si usted no habla inglés, no habla bien inglés, o si tiene una discapacidad, puede comunicarse con el contacto de permisos de NMED para solicitar asistencia, un intérprete o un dispositivo auxiliar con el fin de aprender más sobre un Permiso de Descarga o el proceso de permisos, o para participar en actividades asociadas con el proceso de permisos. En la medida de lo posible, el NMED organizará los servicios de interpretación y las adaptaciones o servicios para personas con discapacidades que hayan sido solicitados. Hay disponible asistencia para conversaciones telefónicas a través de Relay New Mexico de forma gratuita para las personas sordas, con problemas de audición o con dificultades para hablar por teléfono llamando al 1-800-659-1779; español: 1-800-327-1857; los usuarios de TTY: 1-800-659-8331. Asistencia telefónica de interpretación para personas que no hablan inglés o no hablan bien el inglés está disponible de forma gratuita llamando a NMED.


NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. NMED es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y la recepción de consultas relativas a los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, incluido el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de Contaminación del Agua de 1972. Si usted tiene preguntas sobre este aviso o sobre cualquier programa, política o procedimiento de no discriminación de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación: Kate Cardenas, Non-Discrimination Coordinator, New Mexico Environment Department, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855, nd.coordinator@env.nm.gov. Si usted piensa que ha sido discriminado/a con respecto a un programa o actividad de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/general/environmental-justice-in-new-mexico/ para aprender cómo y dónde presentar una queja de discriminación.
28 Octubre

Plazo de 30 días para la presentación de observaciones públicas: Targa Northern Delaware, LLC – Solicitud de permiso de explotación en materia de calidad del aire para la planta de procesamiento de gas «Road Runner» (P309)

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos y busque en el Condado de Eddy para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en el Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
31 Octubre

Recordatorio: Último día en el que la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo acepta las solicitudes de Formación de Operadores A/B hasta enero

Último día la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo aceptará solicitudes de aprobación de clases de formación de operadores A/B para operadores de tanques de almacenamiento de petróleo hasta enero.

Sólo se aceptarán solicitudes durante los meses de Enero y Octubre como se indica en NMAC 20.5.104.408.E

Consulte la información sobre la formación de los operadores aquí: 

www.env.nm.gov...

01 Noviembre

Recordatorio: Envíe los resultados de las pruebas del sistema de tanques a la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo

Propietarios, operadores y probadores de sistemas de tanques de almacenamiento de petróleo, por favor envíen por correo electrónico todos los resultados requeridos de las pruebas de los sistemas de tanques a: PSTB.compliance@env.nm.gov con una copia al inspector de la instalación, si se conoce, para permitir la recepción y el seguimiento de estos informes. Informe de una fuga o derrame sospechoso o confirmado de un tanque de almacenamiento de petróleo en un plazo de 24 horas aquí (esto incluye los resultados de las pruebas fallidas o no concluyentes). Envíe los resultados de las pruebas aprobadas en un plazo de 60 días a partir de su realización.

Por favor, nombre los documentos que envíe de la siguiente manera:

[Número de identificación de la instalación] [Número de identificación del propietario] [Nombre de la instalación] [Tipo de prueba] [Fecha de la prueba]

Por ejemplo: 30211 53489 Prueba ATG de Jack's Quick Mart 2021-06-25

El número de identificación de la instalación y el número de identificación del propietario figuran en los certificados de registro que recibe después de pagar las tasas de los tanques cada año o pueden encontrarse en las listas de tanques de almacenamiento disponibles cerca de la parte inferior de la página web principal de la PSTB (Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo), https://www.env.nm.gov/petroleum_storage_tank/.

Información que debe incluirse en los informes:

  1. nombre y dirección de la instalación;
    (2) número de identificación de la instalación;
    (3) nombre y dirección del propietario y del operador;
    (4) número de identificación del propietario;
    (5) fecha de finalización del informe;
    (6) fecha de la prueba;
    Y MÁS. Véase 20.5.107.715.D NMAC y otros mencionados más adelante.

INCLUYA TAMBIÉN EL NÚMERO DE ID DEL TANQUE

Las regulaciones de los tanques de almacenamiento de petróleo de Nuevo México se encuentran en 20.5 NMAC. Usted puede buscar diferentes partes en https://www.srca.nm.gov/chapter-5-petroleum-storage-tanks/ o descargar el libro completo aquí.

Si no puede enviar por correo electrónico los resultados de las pruebas requeridas a PSTB.compliance@env.nm.gov, envíelos por correo a Testing Results, PSTB, 2905 Rodeo Park Drive East, Building 1, Santa Fe, NM 87505.Las regulaciones de los tanques de almacenamiento de petróleo (20.5 NMAC) que fueron adoptadas por la Junta de Mejora Ambiental el 25 de mayo de 2018 y que entraron en vigor el 24 de julio de 2018 requieren que la mayoría de los informes de resultados de las pruebas sean enviados a la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo:

  • Los propietarios y operadores de sistemas de tanques de almacenamiento deben proporcionar al departamento todos los informes requeridos en 20.5.107 NMAC dentro de los 60 días siguientes a la finalización de las pruebas (20.5.107.715.B NMAC). Los propietarios y operadores deben informar al departamento de cualquier prueba o inspección fallida dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la prueba o inspección de acuerdo con 20.5.118 NMAC (20.5.107.715.C NMAC). 20.5.107.715.D NMAC enumera lo que debe incluirse en los informes. En las secciones 20.5.108.816 NMAC, 20.5.110.1016 NMAC y 20.5.111.1112 NMAC se establecen requisitos similares.
  • Los resultados fallidos o anormales de CUALQUIER prueba o resultado de supervisión, incluida la investigación de una alarma, son signos de una presunta liberación, y los propietarios, instaladores, instaladores noveles y probadores deben informar de ellos en un plazo de 24 horas, tanto enviándolos a PSTB.Compliance@env.nm.gov con una copia al inspector del PSTB Y poniéndose en contacto con la Fuga de la Semana que aparece aquí: https://cloud.env.nm.gov/waste/pages/download.php?direct=1&ref=13965&size=&ext=pdf o llamando al (505) 827-9329 fuera del horario laboral del estado si se trata de una emergencia. Los propietarios y operadores también deben investigar estas presuntas fugas en un plazo de siete (7) días a partir de su descubrimiento y realizar las pruebas adecuadas, la comprobación del lugar, etc. (20.5.118.1801 NMAC).
  • A menos que un propietario u operador demuestre en un plazo de 30 días que una liberación que fue reportada como una sospecha de liberación no es una liberación, será tratada como una liberación confirmada, y usted debe cumplir con 20.5.118 NMAC y 20.5.119 o 120 NMAC, incluyendo la toma de acciones correctivas, para las liberaciones confirmadas.

Otros requisitos relativos a las pruebas de los depósitos son:

  • Un probador cualificado debe realizar la primera prueba o inspección de los equipos de prevención de derrames y sobrellenados existentes y de los sumideros de contención de control intersticial antes del 24 de julio de 2021. (5.105 NMAC; 20.5.106.613 NMAC, 20.5.107.704, 707 Y 714 NMAC, 20.5.108.811 Y 813 NMAC, 20.5.109.910 NMAC, 20.5.110.1005 Y 1015 NMAC).
  • Si usted tiene un UST y/o tubería que utiliza ATG (medidor automático de tanques) (sólo permitido en USTs y/o tuberías instalado antes del 4 de abril de 2008), un probador cualificado debe probarlo al menos anualmente antes del 24 de julio de 2021 (20.5.105 NMAC; 20.5.108.805 NMAC, 20.5.108.815 y 816 NMAC).

Hay folletos útiles que explican muchos de los requisitos de la normativa en: https://www.env.nm.gov/petroleum_storage_tank/guidance-documents-ast-and-ust/

Encuentre su inspector de depósitos aquí: https://cloud.env.nm.gov/waste/pages/view.php?ref=10632&k=fa934e9692.
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