• Estoy vertiendo aguas residuales y pueden llegar a las aguas subterráneas. ¿Necesito un permiso de vertido de aguas subterráneas?
    • Depende. Cualquier descarga de aguas residuales domésticas a un sistema séptico de menos de 5.000 galones por día está regulada por el programa de residuos líquidos del NMED. Los vertidos de aguas residuales domésticas superiores a 5.000 galones por día, procedentes de fosas sépticas de gran capacidad, plantas de tratamiento de aguas residuales, eliminación de lodos y residuos sépticos y aguas residuales domésticas recuperadas requerirán un permiso de vertido. Otros ejemplos de instalaciones que probablemente requerirán un permiso de descarga incluyen las descargas industriales (es decir, plantas de energía, procesamiento de asfalto, lavados de autos y remediación de solventes clorados) descargas de aguas residuales agrícolas (es decir, lecherías, procesamiento de chile, fabricación de queso, mataderos y procesamiento de alimentos).
  • ¿Qué es un NOI?
    • Un aviso de intención (NOI) es un formulario que se presenta al NMED para evaluar si se necesita un permiso de descarga de aguas subterráneas para una actividad específica. Si no está seguro de si necesita presentar un NOI, póngase en contacto con el NMED para obtener orientación. Puede encontrar una copia del formulario en www.env.nm.gov/forms/ en la sección de la Oficina de Calidad de las Aguas Subterráneas
  • ¿Qué son las aguas residuales domésticas?
    • Agua procedente de inodoros, fregaderos, lavavajillas y lavanderías. Por lo general, las aguas residuales domésticas proceden de los hogares y las empresas.
  • Si estoy vertiendo a una laguna revestida o a un tanque de retención, ¿todavía necesito un permiso de descarga?
    • Sí, en la mayoría de las circunstancias.
  • ¿Necesito un ingeniero profesional (PE) para diseñar mi sistema de tratamiento de aguas residuales?
    • Sí, usted necesita contratar a un PE para diseñar un nuevo sistema o la modificación de un sistema existente. NMED mantiene una lista de consultores, que se puede proporcionar a petición Esta lista no es todo incluido y no constituye la aprobación de estas empresas por NMED.
  • ¿Cómo puedo determinar la profundidad de las aguas subterráneas en mi lugar de vertido?
    • La base de datos IWATERS de la Oficina del Ingeniero del Estado es un buen punto de partida. También puede encontrar estudios hidrogeológicos para el área donde está descargando desde el Servicio Geológico del Estado de Nuevo México y el Servicio Geológico de los Estados Unidos.
  • ¿Cómo puedo determinar el valor de los Sólidos Disueltos Totales (SDT) de las aguas subterráneas que probablemente se vean afectadas por mi vertido?
    • Tome una muestra de un pozo cercano y hágala analizar en un laboratorio o busque un estudio hidrogeológico de la zona cercana a su vertido. NMED mantiene una lista de laboratorios, que puede ser proporcionada a petición. Esta lista no incluye todos los laboratorios y no constituye una aprobación de estas empresas por parte del NMED.
  • ¿Cómo puedo obtener un permiso?
    • Antes de rellenar una solicitud, la GWQB recomienda ponerse en contacto con nosotros para discutir su situación de permiso primero. De lo contrario, rellene una solicitud en www.env.nm.gov/forms/ en la sección de la Oficina de Calidad de las Aguas Subterráneas y siga el proceso. Tenga en cuenta que hay dos solicitudes de permiso de vertido, una para operaciones no lácteas y otra para operaciones exclusivamente lácteas. Seleccione la solicitud que le corresponda.

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Número de teléfono: 505-827-2900
E: gwqb.general@state.nm.us

La lista de contactos del personal de la Oficina está disponible aquí.

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