Historial de la normativa propuesta
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Nueva norma sobre generadores
La Junta de Mejoramiento Ambiental (EIB), la autoridad que promulga las regulaciones de desechos peligrosos, adoptó las recientes reglas federales para generadores que han sido incorporadas por referencia en las Regulaciones de Manejo de Desechos Peligrosos, 20.4.1 NMAC. La Oficina de Residuos Peligrosos está proporcionando un Cruce de Reglas Nuevo para indicar los requisitos reglamentarios anteriores y las regulaciones recientemente adoptadas.
Normativa vigente
Reglamento de gestión de residuos peligrosos, 20.4.1 NMAC (12/1/2018)
Reglamento de tasas por residuos peligrosos, 20.4.3 NMAC (en vigor el 3/5/2020)
Notificación sobre el pago de cheques:
Cuando usted proporciona un cheque como pago, autoriza al Estado de Nuevo México a utilizar la información de su cheque para realizar una transferencia electrónica de fondos única desde su cuenta o a procesar el pago como una transacción con cheque.
Formularios de información para instalaciones de residuos peligrosos autorizadas
Estatuto Federal
La Ley de Eliminación de Residuos Sólidos de 1965[42 U.S.C. Sección 6901 y siguientes], comúnmente conocida como RCRA, o Ley de Conservación y Recuperación de Recursos, fue enmendada por el Congreso en 1976, y también fue enmendada varias veces más, significativamente por las Enmiendas de Eliminación de Residuos Sólidos y Peligrosos (HSWA) de 1984 y la Ley de Cumplimiento de Instalaciones Federales (FFCO) de 1992. La RCRA es la ley subyacente que se aplica a los residuos sólidos, los residuos peligrosos y los tanques de almacenamiento subterráneos. La RCRA otorga a la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) la autoridad para supervisar estas actividades. A su vez, la EPA autoriza a los estados a proporcionar una cobertura equivalente a la RCRA.
Autorización de la EPA de las normas estatales
El Estado de Nuevo México recibió el 25 de enero de 1985 la autorización de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) para implementar su programa básico de manejo de residuos peligrosos. El 2 de enero de 1996, Nuevo México recibió la autorización para implementar la acción correctiva de la HSWA. Nuevo México recibió su autorización más reciente de la EPA de los Estados Unidos el 16 de octubre de 2007.
Los estados que reciben la autorización final de la EPA de EE.UU. en virtud de la sección 3006(b) de la RCRA, 42 U.S.C. 6926(b), deben mantener un programa de residuos peligrosos que sea equivalente, coherente y no menos estricto que el Programa Federal de Residuos Peligrosos. Cuando el programa federal cambia, los estados deben modificar sus programas y solicitar a la EPA de EE.UU. que autorice los cambios. Los cambios en los programas estatales pueden ser necesarios cuando se modifica la autoridad legal o reglamentaria federal o estatal o cuando se producen otros cambios. Lo más habitual es que los estados deban modificar su programa debido a cambios en la normativa de la EPA de EE.UU. en el Título 40 del Código de Reglamentos Federales (CFR), partes 124, 260-266, 268, 270, 273, 279 y 280.
Breve historia de los estatutos
Ley de eliminación de residuos sólidos de 1965
La Ley de Eliminación de Residuos Sólidos de 1965 fue el primer esfuerzo federal para mejorar la tecnología de eliminación de residuos. Su principal objetivo era la regulación de la tecnología de eliminación de residuos municipales, aunque reconocía que la gestión de los residuos sólidos era esencialmente una cuestión local. Se encargó a la Agencia de Protección del Medio Ambiente la elaboración de normas para la eliminación de residuos. Además, la intención del Congreso era que los estados y las tribus se encargaran de aplicar y hacer cumplir la normativa.
Ley de recuperación de recursos de 1970 (RRA)
La Ley de Recuperación de Recursos (RAA) fue aprobada por el Congreso ante la creciente preocupación por la protección de la salud humana y el medio ambiente, como enmiendas a la Ley de Eliminación de Residuos Sólidos de 1965. La RAA aumentó la participación federal en la gestión de los residuos sólidos; fomentó la reducción de los residuos y la recuperación de los recursos y creó criterios nacionales de eliminación de los residuos peligrosos. Esta ley fue la predecesora de la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA) de 1976.
Ley de Conservación y Recuperación de Recursos de 1976 (RCRA)
La Ley de Conservación y Recuperación de Recursos modificó la Ley de Eliminación de Residuos Sólidos y otorgó a la Agencia de Protección del Medio Ambiente de EE.UU. la autoridad para controlar los residuos peligrosos desde "la cuna hasta la tumba". Esto incluye la minimización, la generación, el transporte, el tratamiento, el almacenamiento y la eliminación de los residuos peligrosos. Esto también se conoce como Subtítulo C de la RCRA. Otros subtítulos de la RCRA establecen un marco para la gestión de los residuos sólidos no peligrosos. La RCRA se centra en las instalaciones activas y futuras y no se ocupa de los lugares abandonados que están regulados por la Ley de Respuesta Ambiental Integral, Compensación y Responsabilidad (CERCLA) también conocida como Superfund.
Ley de Residuos Peligrosos de Nuevo México de 1978
Enmiendas sobre residuos sólidos y peligrosos de 1984 (HSWA)
El 8 de noviembre de 1984, las Enmiendas a los Residuos Peligrosos y Sólidos modificaron la RCRA y exigieron la eliminación progresiva de los residuos peligrosos no tratados en el suelo mediante normas de gestión de residuos peligrosos más estrictas (divididas en tercios con un calendario para cada tercio). Algunos de los otros mandatos de esta ley incluyen una mayor autoridad de aplicación para la EPA y un programa que requiere acciones correctivas.
Ley Federal de Cumplimiento de Instalaciones de 1992 (FFCA)
El 6 de octubre de 1992, el Congreso aprobó la Ley de Cumplimiento de las Instalaciones Federales, que establece una definición de "residuos mixtos" en la Ley de Cumplimiento de las Instalaciones Federales [42 U.S.C. Sección 6903; Ley Pública 102-386]. Esta ley también renuncia claramente a la inmunidad del Departamento de Energía (DOE) y de otras instalaciones federales frente a las normativas y sanciones de la EPA y de los estados en materia de residuos peligrosos y a imponer también sanciones por incumplimiento. El DOE también está obligado a desarrollar un Plan de Tratamiento del Sitio (STP) para el tratamiento de los componentes peligrosos de los residuos radiactivos sujetos a los requisitos de la RCRA. Cada instalación del DOE debe establecer un STP antes del 6 de octubre de 1995 para planificar una estrategia de cumplimiento.
El Laboratorio Nacional de Los Álamos y los Laboratorios Nacionales de Sandia tienen FFCO efectivas dentro de Nuevo México. La FFCO del Laboratorio Nacional de Los Álamos y la FFCO de los Laboratorios Nacionales de Sandia fueron emitidas el 4 de octubre de 1995.
Ley de Flexibilidad del Programa de Eliminación de Tierras de 1996
La Ley de Flexibilidad del Programa de Eliminación de Residuos de 1996[Ley Pública 104-119] modificó la RCRA para proporcionar flexibilidad normativa a la eliminación de ciertos residuos en tierra. Esta ley fue aprobada por el Congreso en respuesta a las impugnaciones judiciales relativas a la aplicación del programa de eliminación en tierra en virtud de la HSWA. Esta ley aplica normas de eliminación en tierra menos estrictas a determinados residuos peligrosos característicos que se gestionan en instalaciones de la Ley de Agua Limpia o de la Ley de Agua Potable.
Ley de Cumplimiento de las Instalaciones Federales de 1992
Informes anuales de las tasas de residuos peligrosos de la Junta de Mejora Ambiental
Informe anual de tasas 2007
Informe anual de tasas 2008
Informe anual de tasas 2009
Informe anual de tasas 2010
Informe anual de tasas 2011
Informe anual de tasas 2012
Informe anual de tasas 2013
Informe anual de tasas 2014
Informe anual de tasas 2015
Informe anual de tasas 2016
Informe anual de tasas 2017
Informe anual de tasas 2018
Informe anual de tasas 2019
Informe anual de tasas 2020
Informe anual de tasas 2021
Informe anual de tasas 2022