National Technology & Engineering Solutions of Sandia, LLC (NTESS), operador del Laboratorio Nacional Sandia bajo contrato con el Departamento de Energía (denominados colectivamente «los solicitantes») solicitaron a la Comisión de Control de la Calidad del Agua de Nuevo México (WQCC) la elaboración de una normativa para modificar las normas de calidad del agua. Los solicitantes realizaron un análisis de viabilidad de uso (UAA) y propusieron modificar la norma 20.6.4.97 NMAC para establecer como efímero el arroyo Tijeras, desde el río Grande hasta el puente Four Hills (AU NM-9000.A_070). La WQCC concedió una solicitud de audiencia sobre este asunto, que inicialmente estaba prevista para el 14 de octubre de 2025 y posteriormente se reprogramó para el 9 de diciembre de 2025. La WQCC deliberó al cierre del expediente de la audiencia y votó a favor de adoptar la enmienda propuesta. Los usos designados para este tramo cambiaron de «Contacto humano primario y vida acuática marginal en aguas cálidas» (véase 20.6.4.98 NMAC) a «Contacto humano secundario y vida acuática limitada» en virtud de 20.6.4.97 NMAC.
El presidente de la WQCC finalizó esta acción tras la firma de la Orden definitiva y la Declaración de motivos el 6 de febrero de 2026. El NMED presentó la norma modificada ante el Centro de Registros y Archivos del Estado para su publicación en el Registro de Nuevo México el 24 de febrero de 2026. La norma entrará en vigor a efectos estatales el 14 de marzo de 2026. A partir de entonces, el NMED presentará la norma modificada a la EPA para su revisión y aprobación en virtud de la Ley Federal de Agua Limpia. Consulte los enlaces que figuran a continuación para obtener más detalles sobre la audiencia e información complementaria.
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