Descargo de responsabilidad


Los productos del sistema de tratamiento y eliminación de residuos líquidos son aprobados por el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED) para su uso en sistemas de residuos líquidos in situ permitidos, basándose en la información presentada al Departamento y en las recomendaciones del Comité Asesor Técnico de Aguas Residuales (WTAC). El WTAC ha establecido criterios de rendimiento para los sistemas de tratamiento de aguas residuales secundarias y terciarias.

Una instalación, operación o mantenimiento inadecuados pueden hacer que algunos de estos productos no funcionen correctamente, lo que puede incluir el incumplimiento de los criterios de rendimiento del tratamiento. La aprobación por parte del NMED de cualquier sistema de tratamiento o eliminación de residuos líquidos como elegible para el permiso no imparte ni implica ninguna garantía de que el producto, de hecho, funcionará correctamente. El mal funcionamiento de los sistemas de tratamiento y eliminación de residuos líquidos puede dar lugar a peligros para la seguridad, la salud y el bienestar públicos, a la degradación de la calidad del agua y a la violación de los reglamentos y normas aplicables en materia de eliminación y tratamiento de residuos líquidos, 20.7.3, NMAC.

Algunos fabricantes de productos han hecho afirmaciones, en los sitios web, la literatura y los anuncios de la empresa, con respecto a cuestiones distintas del cumplimiento de los criterios de rendimiento del WTAC. En algunos casos, el NMED ha determinado que estas afirmaciones son incorrectas o no se ha demostrado que sean válidas utilizando el método científico de investigación. Ejemplos de estas afirmaciones incluyen, pero no se limitan necesariamente a, afirmaciones sobre el proceso de tratamiento, la calidad del efluente, la necesidad de bombeo del tanque, el rendimiento o la longevidad del campo de drenaje, y los requisitos de permisos reglamentarios. La aprobación por parte del NMED de cualquier producto de tratamiento o sistema de eliminación de residuos líquidos como elegible para la obtención de permisos no imparte ni implica ningún tipo de respaldo o conformidad con las afirmaciones realizadas por el fabricante.

Productos aprobados


El Programa de Residuos Líquidos mantiene listas de productos aprobados.

No se expedirán permisos para la instalación de fosas sépticas, sistemas avanzados de tratamiento y productos patentados para campos de drenaje a menos que la fosa o el producto hayan sido revisados y aprobados por el NMED antes de la instalación. Los productos patentados para campos de drenaje deben ser revisados por el WTAC.

La página WTAC de NMED tiene enlaces a las solicitudes para:

  • Fabricantes de fosas sépticas que solicitan la homologación de fosas sépticas, y
  • Fabricantes de unidades de tratamiento avanzado (ATU, ATS) o productos de drenaje patentados

La página del WTAC de la Oficina de Facilitación Pública enumera los miembros actuales del WTAC

Fosas sépticas aprobadas (Actualizado 09/29/2022)


Tanques inactivos (Actualizado el 29/09/2022)


Productos para campos de drenaje (no se incluyen los campos de drenaje de tubos y grava)


Productos ATS


Astillas de neumáticos


  • Las virutas de neumático están aprobadas por el NMED para su uso en los campos de drenaje de los sistemas de aguas residuales in situ. Cuando se fabrican de acuerdo con la especificación de virutas de neumáticos desarrollada por el Programa de Residuos Líquidos, el WTAC encontró que las virutas de neumáticos no representan una amenaza para las aguas subterráneas. Los fabricantes deben obtener un permiso de la Oficina de Residuos Sólidos antes de fabricar chips de neumáticos en Nuevo México.

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