Información adicional sobre el Programa de Permisos de Calidad de Aguas Superficiales disponible aquí.
LISTA DE PREGUNTAS FRECUENTES

  1. ¿Cuál es la finalidad y el alcance del programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales propuesto?
  2. ¿Cuál es la diferencia entre "aguas de los EE.UU." y "aguas superficiales del Estado", y por qué es importante?
  3. ¿Necesita Nuevo México nuevos estatutos o normas para este programa?
  4. ¿Cómo afectará el programa estatal de permisos a las aguas superficiales de las tierras tribales?
  5. ¿Cómo afectará el programa estatal de permisos a los derechos sobre el agua?
  6. ¿Proporcionará el programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales ayuda o incentivos para el cumplimiento?
  7. ¿Cuánto tiempo se tardará en poner en marcha el programa estatal de permisos de calidad de las aguas superficiales?
  8. ¿Cuáles son los pasos necesarios para que Nuevo México obtenga la aprobación de la EPA para aplicar la parte NPDES del programa?
  9. ¿Cómo se financiará y dotará de personal el programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales?
  10. ¿Dispone NMED de una base de datos accesible y funcional para implantar un programa estatal de concesión de permisos?
  11. ¿Cuántos titulares de permisos NPDES hay en Nuevo México?
  12. ¿Con quién puedo ponerme en contacto si tengo preguntas sobre mi permiso NPDES o de la Sección 404?
  13. ¿Cómo puedo notificar un problema de calidad del agua o de humedales o una posible infracción de las normas de calidad del agua?
  14. ¿Cómo mantendrá el NMED informado al público sobre el desarrollo del programa estatal de concesión de permisos para la calidad de las aguas superficiales?

1. ¿Cuál es la finalidad y el alcance del programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales propuesto?

El objetivo del programa de permisos propuesto es proteger las aguas superficiales del Estado de la contaminación y la degradación. Hay dos categorías principales de contaminación: la puntual y la difusa. La contaminación puntual procede de una única fuente, mientras que la contaminación difusa procede de muchas fuentes repartidas por todo el territorio. El programa exigirá que las instalaciones industriales, municipales y de otro tipo obtengan permisos del NMED para controlar el vertido de contaminantes si vierten contaminantes de fuentes puntuales en aguas superficiales, incluidos los humedales. El programa no se aplicará a la contaminación de fuentes no puntuales, y el programa no exigirá permisos para el uso del agua en la agricultura de regadío, de acuerdo con la Ley de Calidad del Agua(NMSA 1978 Sección 74-6-4, Párrafo M).

2. ¿Cuál es la diferencia entre "aguas de los EE.UU." y "aguas superficiales del Estado", y por qué es importante?

"Aguas de los EE.UU." (WOTUS) se refiere a aquellas aguas superficiales protegidas por la Ley federal de Agua Limpia. "Aguas superficiales del estado" se refiere a aquellas aguas superficiales protegidas por la Ley de Calidad del Agua de Nuevo México.

Durante muchos años, las "aguas de los EE.UU." se definían en sentido amplio para incluir la mayoría de las aguas superficiales de Nuevo México. Por ejemplo, los arroyos efímeros, como los arroyos que fluyen sólo en respuesta a las precipitaciones, y muchos humedales pueden no estar protegidos de la contaminación y la degradación en virtud de la Ley Federal de Agua Limpia.

La Ley de Calidad del Agua de Nuevo México autoriza a la Comisión de Control de Calidad de Nuevo México (WQCC) a adoptar normas de calidad del agua para las aguas superficiales del Estado. La WQCC ha definido ampliamente las "aguas superficiales del Estado" en las normas de calidad del agua (20.6.4.7(S) NMAC), y un programa estatal de concesión de permisos expediría permisos para proteger las aguas superficiales del Estado, que incluyen las aguas de los EE.UU., de los vertidos de contaminantes.

3. ¿Necesita Nuevo México nuevos estatutos o normas para este programa?

La Ley de Calidad del Agua de Nuevo México proporciona autoridad suficiente para que el estado adopte la parte estatal del programa, pero debe promulgar un nuevo estatuto y obtener la aprobación de la EPA para hacerse cargo de la parte NPDES del programa. Para que el NMED pueda aplicar ambas partes del programa, la Comisión de Control de la Calidad del Agua de Nuevo México tendrá que adoptar nuevas normas.

4. ¿Cómo afectará el programa estatal de permisos a las aguas superficiales de las tierras tribales?

Los recientes cambios en la definición de Aguas de los EE.UU. pueden poner en peligro algunas aguas tribales por vertidos aguas arriba. Un programa estatal de concesión de permisos no otorgará a Nuevo México ninguna autoridad sobre las aguas tribales, pero garantizará que los vertidos a las aguas superficiales que desembocan en tierras tribales no violen las normas tribales de calidad del agua.

5. ¿Cómo afectará el programa estatal de permisos a los derechos sobre el agua?

La ley estatal prohíbe que los permisos de calidad del agua afecten a los derechos de agua. Por otra parte, el programa protegerá la calidad del agua para todos los usos, incluidos el agua potable, el riego, las actividades recreativas y la pesca y la vida silvestre.

6. ¿Proporcionará el programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales asistencia o incentivos para el cumplimiento?

El NMED reconoce que interpretar y cumplir las normas estatales puede resultar difícil y confuso, especialmente para los titulares de permisos más pequeños. NMED tiene la intención de dedicar personal técnico para proporcionar asistencia para el cumplimiento, y considerará la propuesta de incentivos para alentar a los descargadores a adoptar controles de contaminación que son mejores que los requisitos aplicables.

7. ¿Cuánto tiempo se tardará en poner en marcha el programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales?

El NMED calcula que tardará hasta 2027 en empezar a expedir permisos con arreglo al nuevo programa. La Comisión de Control de la Calidad del Agua de Nuevo México debe adoptar una norma para establecer la parte del programa relativa a los permisos estatales y obtener la aprobación de la EPA para aplicar la parte del programa relativa al NPDES. Consulte el calendario previsto en esta página web.

8. ¿Cuáles son los pasos necesarios para que Nuevo México obtenga la aprobación de la EPA para aplicar la parte NPDES del programa?

El estado debe presentar una solicitud a la EPA que demuestre que tiene autoridad legal para aplicar el programa NPDES. Esta demostración requerirá que el estado adopte un nuevo estatuto y una nueva norma. Tras la aprobación, el Estado introducirá gradualmente la parte NPDES del programa a lo largo de un período de cinco años. Hasta que la EPA apruebe la solicitud del Estado, y en consonancia con el período de introducción, la EPA seguirá expidiendo y haciendo cumplir los permisos NPDES en Nuevo México.

9. ¿Cómo se financiará y dotará de personal el programa estatal de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales?

La mayoría de los estados financian sus programas de permisos con una combinación de tasas, subvenciones federales y asignaciones legislativas. Nuevo México tiene flexibilidad para crear su propio enfoque de financiación, pero ésta debe ser sostenible a largo plazo.

NMED calcula que el programa requerirá entre 35 y 50 empleados, entre directivos y personal técnico, financiero, de recursos humanos, jurídico y administrativo. El personal técnico estará repartido por todo el Estado para ofrecer un mejor servicio. Teniendo en cuenta los gastos generales, como oficinas, vehículos, equipos y suministros, la NMED calcula que el coste de la plena aplicación del programa oscilará entre 6 y 9 millones de dólares al año. El coste real podría variar en función del alcance y los requisitos del programa.

La Oficina de Calidad de las Aguas Superficiales ya cuenta con siete (7) técnicos que certifican los permisos NPDES y asisten a la EPA en el cumplimiento y la aplicación de la normativa. Además, la Oficina ha contratado a tres (3) técnicos para desarrollar el programa, que pasarán a desempeñar nuevas funciones una vez iniciado el programa. 

10. ¿Dispone el NMED de una base de datos accesible y funcional para aplicar un programa estatal de concesión de permisos?

El NMED está trabajando con un contratista para desarrollar una base de datos que pueda utilizarse para la concesión electrónica de permisos y la presentación de informes tanto para el programa existente de concesión de permisos de vertido de aguas subterráneas como para el programa propuesto de concesión de permisos de calidad de las aguas superficiales. 

11. ¿Cuántos permisionarios NPDES hay en Nuevo México?

En Nuevo México hay aproximadamente 4.000 titulares de permisos NPDES. Este número fluctúa con el tiempo. La siguiente tabla resume el número de permisos por tipo, a partir del 30 de octubre de 2023. Haga clic aquí para ver un mapa.

# PermisionariosTipos de permisos NPDES
89Permisionarios con permisos individuales, como plantas municipales de tratamiento de aguas residuales e instalaciones industriales. El mapa muestra sólo una ubicación para cada titular de permiso, pero algunos de ellos tienen múltiples emisarios (un emisario es el lugar donde un vertido entra en un agua superficial). Estos permisos regulan más de 200 emisarios.
512Permisionarios con cobertura de aguas pluviales en virtud del Permiso General Multisectorial Industrial (MSGP).
21Permisionarios con cobertura de aguas pluviales en virtud del Permiso General para Operaciones Concentradas de Alimentación de Animales (CAFO).
3,172Permisionarios con cobertura de aguas pluviales en virtud del Permiso General de Construcción (CGP).
35Permisionarios con cobertura bajo el Permiso General del Sistema Municipal Separado de Alcantarillado Pluvial (MS4). Estos titulares de permisos no se muestran en el mapa, pero los permisos MS4 se aplican actualmente a las zonas urbanizadas de la cuenca media del río Grande, así como a las ciudades de Farmington, Los Álamos, Las Cruces, El Paso y Santa Fe.
10Permisionarios cubiertos por el Permiso General de Plaguicidas (PGP). Estos titulares de permisos no se muestran en el mapa.

12. ¿Con quién debo ponerme en contacto si tengo preguntas sobre mi permiso NPDES o de la Sección 404?

El NMED no expide permisos NPDES o de la Sección 404 en el estado, por lo que le rogamos dirija sus preguntas a los siguientes contactos:

Sección 402 (NPDES): U.S. EPA Región 6

Sección 404 (Dragado/relleno): Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE.UU.

13. ¿Cómo puedo notificar un problema de calidad del agua o de humedales o una posible infracción de las normas de calidad del agua?

Visite este sitio web de NMED para presentar una denuncia: https://www.env.nm.gov/general/report-an-environmental-issue-or-incident/.

14. ¿Cómo mantendrá el NMED informado al público sobre el desarrollo del programa estatal de concesión de permisos para la calidad de las aguas superficiales?

Si desea mantenerse informado a medida que NMED desarrolla el programa, inscríbase para recibir actualizaciones por correo electrónico enviando un mensaje a swq.pp@env.nm.gov. También puede consultar las actualizaciones en este sitio web

Una vez que el NMED empiece a aplicar el programa, publicará los borradores de los permisos y las audiencias públicas para que las personas interesadas puedan participar en el proceso.

Contacto con nosotros

Teléfono: 505-827-0187 Encuentre aquí una lista de contactos del personal de calidad de las aguas superficiales.

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