Requisito del carnet de manipulador de alimentos

Los empleados de alimentos (personas que manipulan alimentos, utensilios y superficies de contacto con alimentos), que no califican para una exención como se indica a continuación, o no poseen una certificación válida de Gerente de Protección de Alimentos, deben tener una tarjeta de manipulador de alimentos a partir del 1 de abril de 2019.

Exenciones del carnet de manipulador de alimentos a partir del 1 de abril de 2019

Los empleados que califiquen para las siguientes exenciones deben seguir recibiendo capacitación en su lugar de trabajo que sea aplicable a las tareas relacionadas con los alimentos que él/ella realiza. Los propietarios/administradores de las instalaciones deben mantener un registro de esta formación mientras dure el empleo de la persona y ponerlo a disposición del NMED.

En el caso de los empleados que reúnen los requisitos para las exenciones 1 a 3 que se indican a continuación, los propietarios/gerentes de las instalaciones deben impartir formación sobre seguridad alimentaria de una de las siguientes maneras:

  1. Crear e impartir su propio programa de formación,
  2. Utilizar un programa de terceros, o
  3. Utilice el programa de formación creado por NMED.

Para acceder al programa de formación de NMED pulse aquí.

Si tiene más preguntas relacionadas con las exenciones del carnet de manipulador de alimentos, diríjase a la oficina de distrito más cercana a usted.

Exención aprobada en 2019 #1
Los empleados de alimentos que sólo manipulan alimentos que no son TCS están exentos, siempre que el titular del permiso (propietario del establecimiento o persona designada) proporcione formación y mantenga un registro de la misma.
Exención aprobada en 2019 #2
Los empleados o voluntarios que ocasionalmente actúan como empleados de alimentación están exentos, siempre que el titular del permiso (propietario del establecimiento o persona designada) proporcione formación y mantenga un registro de la misma. Algunos ejemplos son: los anfitriones de restaurantes, los profesores que ayudan a comer en familia y los enfermeros/terapeutas que asisten a los pacientes.
Exención aprobada en 2019 #3 (Eventos temporales)
Los empleados de alimentos, o los voluntarios que trabajen como empleados de alimentos en eventos temporales, están exentos, siempre que el titular del permiso (propietario del establecimiento o persona designada) proporcione formación y mantenga un registro de la misma. NOTA: La persona a cargo del evento temporal durante todas las horas de operación debe tener una tarjeta de manipulador de alimentos o ser un gerente de protección de alimentos certificado.  
Exención aprobada en 2019 #4 (igual que la versión de 2016)
NMED puede aprobar el programa de entrenamiento de una entidad (Compañía) para ser utilizado en lugar de requerir una tarjeta de manipulador de alimentos de sus empleados de alimentos que requieren tarjetas de manipulador de alimentos. - El empleado de alimentos debe completar el programa de entrenamiento aprobado por la entidad al menos cada tres años. - La exención sólo es válida durante el tiempo de empleo del empleado de alimentos con la entidad que administró la formación. Para obtener una solicitud, póngase en contacto con el Programa de Alimentos en food.program@state.nm.us
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