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Revisión del emplazamiento de Bluewater Mill

Ubicación


El emplazamiento de la planta de Bluewater (también denominado vertedero de Bluewater) se encuentra en el condado de Cibola, aproximadamente a 9 millas al noroeste de Grants, Nuevo México, y a unas 6 millas al noroeste de Milan, Nuevo México.

Mapa de Bluewater Mill, ubicación aproximada

Propiedad e historia


El molino Bluewater fue construido originalmente por la Anaconda Copper Company como molino de lixiviación de carbonatos en 1953 para procesar el mineral de uranio que se extraía en las cercanías. En 1957, se construyó un molino de lixiviación ácida para procesar el mineral de uranio de arenisca de la mina Jackpile-Paguate, al norte de Laguna Pueblo. El molino de carbonato-lixiviación cerró y el molino de ácido-lixiviación redujo la producción debido a las condiciones económicas en 1959, pero el molino de ácido-lixiviación reanudó de nuevo sus operaciones a pleno rendimiento en 1967. En 1978, la capacidad del molino de lixiviación ácida aumentó a 6.000 toneladas de mineral al día. En 1977, Anaconda Copper Company se convirtió en filial de Atlantic Richfield Company (ARCO). La Oficina de Gestión del Legado del Departamento de Energía de EE.UU. (DOE-LM) gestiona actualmente el emplazamiento en virtud del Título II de la Ley de Control de la Radiación de los Relaves de la Fábrica de Uranio de 1978 (UMTRCA). El Título II de la UMTRCA autorizaba la regulación de las fábricas comerciales de uranio en funcionamiento a partir de 1978.

Reclamación y jurisdicción reguladora


La planta de Bluewater se encuentra bajo la jurisdicción del Título II de la UMTRCA, que se aplica a las plantas de uranio que contaban con licencias activas de la Comisión Reguladora Nuclear de Estados Unidos (NRC) cuando se promulgó la UMTRCA. El Título II de la UMTRCA estipula que, una vez completada la recuperación, el gobierno federal o el estado anfitrión es responsable de la custodia a largo plazo del emplazamiento. El DOE-LM asumió la responsabilidad del emplazamiento de Bluewater.

ARCO comenzó el desmantelamiento de la fábrica en 1989 y la recuperación en 1991. Todos los residuos de la planta, los suelos contaminados, las estructuras demolidas de la planta y cualquier otro material contaminado se encapsularon en zonas de eliminación in situ en 1995. La principal celda de eliminación de estériles sin revestir cubre aproximadamente 354 acres y contiene unos 23 millones de toneladas de estériles y otros materiales contaminados. La celda de eliminación de estériles carbonatados cubre aproximadamente 54 acres y contiene aproximadamente 1,3 millones de toneladas de materiales contaminados. La celda de eliminación de carbonato contiene relaves del proceso de molienda de carbonato. Los estériles del proceso de molienda de ácido se encuentran en la celda de eliminación principal. Ninguna de las dos celdas estaba revestida. Al cabo de algún tiempo, las aguas subterráneas del emplazamiento mostraron concentraciones elevadas de constituyentes como resultado de la filtración del líquido de los estériles a las unidades aluviales y de lecho rocoso bajo la superficie del suelo. En un intento de reducir el impacto, Anaconda Copper Company perforó un pozo de inyección en la formación Yeso y bombeó los fluidos del depósito principal de estériles entre enero de 1960 y diciembre de 1965. El agua contaminada ascendió hasta el acuífero de San Andrés Glorieta (SAG) desde la formación Yeso situada debajo. El acuífero SAG es la principal fuente de agua subterránea de la región y suministraba el agua de proceso necesaria para el funcionamiento de la fábrica. En 1990, ARCO solicitó a la NRC límites de concentración alternativos (ACL). Los ACL son valores de cumplimiento alternativos que se adoptan cuando no es posible cumplir los límites máximos de concentración establecidos, siempre que el ACL propuesto no suponga un peligro presente o potencial futuro para la salud humana o el medio ambiente.

La NRC aprobó el ACL de ARCO en 1996 y el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED) rescindió posteriormente sus permisos sobre el emplazamiento. El emplazamiento fue transferido al DOE-LM para su cuidado y mantenimiento a largo plazo en 1997. Un Plan de Vigilancia a Largo Plazo (LTSP) dicta las acciones del DOE-LM.
Como parte de la estrategia de cumplimiento, la red de vigilancia de las aguas subterráneas consta de 19 pozos situados dentro de los límites del emplazamiento de Bluewater donde se analizan semestralmente muestras de los principales constituyentes de interés. Además de la celda principal de depósito de estériles y de la celda de depósito de estériles carbonatados, existen otras tres estructuras de depósito adyacentes a la celda de depósito de estériles carbonatados para contener el material contaminado procedente de las actividades de molienda.

El Título II de la UMTRCA también estipula que el titular de la licencia del emplazamiento (ARCO en este caso) es responsable de las medidas correctoras. ARCO encapsuló los estériles en dos celdas de eliminación y otros materiales contaminados en zonas de eliminación que cumplían los requisitos de diseño de la NRC. Las normas de limpieza y recuperación de la NRC están codificadas en el Título 10 del Código de Reglamentos Federales (CFR) Parte 40, Apéndice A. Las normas se ajustan a los ACL aprobados por la NRC. La NRC concedió al emplazamiento la licencia general para emplazamientos UMTRCA Título II (10 CFR 40.28) y lo transfirió de ARCO al DOE-LM para su custodia a largo plazo en 1997. ARCO no se considera parte responsable en este emplazamiento.

Calendario de finalización de las actividades de limpieza


El DOE-LM administra el sitio de disposición final de acuerdo a un LTSP específico al sitio para asegurar que las celdas de disposición final continúen protegiendo contra la liberación de contaminantes al ambiente (el DOE-LM está actualizando este plan para reflejar las condiciones actuales del sitio). El DOE-LM lleva a cabo inspecciones anuales del emplazamiento para evaluar las condiciones de las características de la superficie, realiza el mantenimiento del emplazamiento y controla las aguas subterráneas para asegurar que no se liberan aguas subterráneas contaminadas en concentraciones superiores a las aprobadas en el acuerdo ACL y establecidas en el LTSP. La recuperación del emplazamiento ha concluido. De acuerdo con 40 CFR 192.32, las celdas de vertido están diseñadas para ser efectivas durante 1.000 años, en la medida en que sea razonablemente factible, y durante al menos 200 años en cualquier caso. La licencia general no tiene fecha de expiración, y la responsabilidad del DOE-LM sobre el emplazamiento durará indefinidamente.

Coordinación entre agencias estatales y federales


NMED colabora con DOE-LM en las actividades de supervisión y reparación in situ.

Necesidades de financiación previstas


El DOE-LM es la parte responsable del emplazamiento y, por tanto, de la financiación de las actividades de saneamiento y limpieza.

Descargo de responsabilidad

Las reseñas de los emplazamientos que figuran en este informe ofrecen al lector una visión general de la historia y la situación de las minas y fábricas autorizadas. En aras de la brevedad, es posible que no se proporcionen todos los detalles pertinentes ni todas las medidas adoptadas por los organismos en relación con cada emplazamiento.

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