Se requiere un permiso del Título V para las fuentes que tengan un potencial de emisión de más de 100 toneladas al año de contaminantes criterio y para los vertederos de más de 2,5 millones de metros cúbicos. Además, cualquier fuente que tenga el potencial de emitir más de diez toneladas al año de un único contaminante atmosférico peligroso (HAP) o 25 toneladas al año de cualquier combinación de HAP está obligada a obtener un permiso del Título V. Excepto en el caso de ciertas fuentes "abuelas", las fuentes del Título V también deben tener un permiso de construcción antes de construir o modificar la fuente. En el caso de las solicitudes del Título V por primera vez, la fuente debe presentar una solicitud del Título V en un plazo de doce (12) meses después de que la fuente comience a funcionar como fuente del Título V. Los solicitantes deben utilizar el formulario de solicitud universal cuando presenten una solicitud de permiso del Título V, utilizando las Directrices para las solicitudes de renovacióndel Título V revisado el 4/4/2014

A continuación encontrará otros formularios y recursos importantes.

Formularios e instrucciones sobre la lluvia ácida

Formularios para vertederos

Procedimientos operativos y protocolos de pruebas de conformidad:

Incineradores de cortina de aire Formularios e instrucciones

Motor de combustión interna alternativo (RICE) MACT

Otros


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Programa de asistencia medioambiental para pequeñas empresas

Página de inicio de los permisos de calidad del aire

Contactos de la Oficina de Calidad del Aire

A continuación encontrará una lista de contactos de la Oficina de Calidad del Aire:

Contactos de la Oficina de Calidad del Aire

Teléfono: 505-476-4300

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