Los PFAS se utilizan en productos de consumo por sus propiedades repelentes al aceite y al agua, su capacidad para crear superficies de baja fricción, su estabilidad térmica y química, y por sus propiedades que permiten que los líquidos se distribuyan de manera uniforme.
¿Qué productos de consumo contienen PFAS?
Los PFAS se pueden encontrar en una gran variedad de productos de consumo, entre los que se incluyen:
- Utensilios de cocina
- Envases para alimentos
- Hilo dental
- Productos para jóvenes
- Espuma contra incendios
- Alfombras y moquetas
- Cera para esquís
- Textiles y tratamientos de tejidos
- Cosméticos y productos de higiene personal
- Productos de limpieza
Estudios recientes han evaluado la prevalencia y concentración de PFAS en diversos productos de consumo. Los investigadores encontraron las concentraciones más altas de PFAS en productos domésticos para la extinción de incendios, agentes de acabado textil y productos químicos domésticos, y descubrieron 72 tipos diferentes de PFAS utilizados en textiles.
Cómo evitar los PFAS en los productos
Hasta que la etiqueta de PFAS esté disponible en los productos de Nuevo México, el NMED recomienda los siguientes recursos en línea para obtener información sobre cómo realizar compras sin PFAS:
Ley de Protección contra los PFAS de Nuevo México
El Ley de Protección contra los PFAS, aprobada por la Asamblea Legislativa de Nuevo México y promulgada por la gobernadora Michelle Lujan Grisham en abril de 2025, es una ley innovadora y con base científica destinada a proteger a los residentes de la exposición a las sustancias perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas (PFAS), también conocidas como «sustancias químicas eternas». Este enfoque visionario es necesario para reducir la exposición de los habitantes de Nuevo México a estas sustancias químicas, ya que se sabe que ciertas PFAS provocan graves efectos sobre la salud y el medio ambiente.
El NMED está aplicando la Ley de Protección contra los PFAS a través de la norma 20.13.2 NMAC, aprobada por la Junta de Mejora Medioambiental (EIB) en abril de 2026. Al eliminar progresivamente la venta de determinados productos fabricados con PFAS y exigir el etiquetado de aquellos productos que aún están permitidos, se anima a los fabricantes a desarrollar productos alternativos sin PFAS y a los minoristas a promocionarlos. El etiquetado de los productos mejora la transparencia y facilita la identificación de aquellos que contienen PFAS, lo que permite a los compradores elegir con confianza las alternativas disponibles libres de PFAS.
A partir de 2027, determinados utensilios de cocina, envases de alimentos, hilo dental y productos infantiles que se vendan en Nuevo México no podrán fabricarse con PFAS añadidos intencionadamente. El 1 de enero de 2028, la prohibición se ampliará para incluir alfombras, artículos de limpieza, tejidos, textiles, cera para esquís, muebles tapizados y algunos productos de cuidado personal. Nuevo México también exigirá a los fabricantes que informen a los consumidores de si han añadido PFAS a los productos mediante la inclusión de un símbolo de PFAS en el propio producto, su envase, sitios web o manuales de instrucciones y otra documentación. A partir del 1 de enero de 2032, todos los productos no exentos que contengan PFAS añadidos intencionadamente quedarán prohibidos, salvo que se considere un «uso actualmente inevitable».
Calendario de retirada gradual del producto y etiquetado

Los fabricantes de productos que contengan PFAS añadidos de forma intencionada también deberán empezar a facilitar información detallada sobre el contenido de PFAS en sus productos a más tardar en 2027. La legislación incluye importantes excepciones, como los dispositivos médicos y los aparatos electrónicos.
Proceso normativo y oportunidades de participación anteriores
En virtud de la Ley de Protección contra los PFAS, el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México tenía la obligación de aprobar normas a través de la Junta de Mejora Ambiental (EIB) para regular los procedimientos, los requisitos y la aplicación de la nueva ley.
El NMED presentó ante la EIB (PDF) el 8 de octubre de 2025 su propuesta de normativa para regular los procesos, los requisitos y la aplicación de la nueva ley. Además, el NMED abrió un portal de comentarios públicos para quienes desearan aportar sus opiniones sobre la normativa propuesta. En la página «Asuntos pendientes» de la EIB se puede consultar material adicional relacionado con el proceso de elaboración de la normativa y con la EIB. La audiencia sobre el proceso normativo se celebró en febrero de 2026, en la que el NMED presentó testimonios técnicos de expertos nacionales y del Departamento en materia de PFAS. Tras la audiencia, la EIB aprobó la norma definitiva, que se publicó en el Registro de Nuevo México en mayo de 2026 (20.13.2 NMAC). Tras la audiencia sobre el proceso normativo y la publicación de la norma definitiva, el Departamento ha puesto en marcha campañas de sensibilización dirigidas al público y a los fabricantes.
Como parte del proceso de elaboración de la normativa, el NMED ha organizado y seguirá organizando una serie de reuniones públicas para que los habitantes de Nuevo México puedan informarse y plantear preguntas sobre la Ley de Protección contra los PFAS:
- Webinar para las partes interesadas -jueves 25 de septiembre de 2025
- Diapositivas de la presentación (PDF)
- Grabación completa del seminario web (YouTube)
- Seminario web informativo para el público - Miércoles 22 de octubre de 2025 a las 13.00 horas MT
- Diapositivas de la presentación (PDF)
- Grabación completa del seminario web (YouTube)
- Presentación del NMED en el evento sobre PFAS de la NMSU — Viernes, 1 de mayo de 2026



