Misión

Nuestra misión es proteger y restaurar el medio ambiente y fomentar un Nuevo México saludable y próspero para las generaciones presentes y futuras. Llevamos a cabo nuestra misión guiados por cuatro principios:

Ciencia

Utilizar la mejor ciencia disponible para informar nuestra toma de decisiones en la protección de la salud pública y el medio ambiente.

Innovación

Emplear soluciones creativas de ingeniería y tecnología para afrontar los retos medioambientales.

Colaboración

Hacer que las comunidades y las partes interesadas participen en los resultados de la toma de decisiones en materia de medio ambiente.

Cumplimiento

Garantizar el cumplimiento significativo de la normativa y los permisos estatales; igualar las condiciones mediante su aplicación.

Reclamaciones por discriminación de personas no empleadas

NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades. Para obtener más información o presentar una queja, visite nuestra página de quejas.

Quejas por Discriminación de No-Empleados

El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades. Para obtener más información o para presentar una queja visite nuestra complaints page.

Enlace tribal

En Enlace Tribal coordina y supervisa las actividades de los organismos que puedan afectar a las tribus, naciones y pueblos de Nuevo México.

Enlace fronterizo

Enlace FronterizoEnlace Fronterizo: los Estados de Nuevo México y Chihuahua tenemos muchas formas de trabajar juntos y comunicarnos en medios ambientales en la Zona Fronteriza.

Lo que pasa ahora

22 Febrero

EIB 25-77 (R) - Propuesta de derogación y sustitución de las tasas por permisos de calidad del aire 20.2.71 NMAC (Tasas por emisiones de permisos de explotación) y 20.2.75 NMAC (Tasas por permisos de construcción)

El plazo de 116 días para presentar comentarios sobre esta solicitud de permiso ya está abierto. Visite el sitio web del NMEDwww.env.nm.govy busque el menú «Participación pública» en la parte superior derecha. Haga clic en «Portal de comentarios públicos» en el menú «Participación pública» para enviar sus comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

EIB 25-77 (R) - Propuesta de derogación y sustitución de las cuotas de permisos de calidad del aire 20.2.71 NMAC (Cuotas por emisiones de permisos de operación) y 20.2.75 NMAC (Cuotas de permisos de construcción)
El período de comentarios de 116 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web del NMEDwww.env.nm.govy busque el menú «Participación pública» en la parte superior derecha. Haga clic en «Portal de comentarios públicos» en el menú «Participación pública» para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso operativo de calidad del aire para la planta este de Intrepid Potash New Mexico LLC P009-R4

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú de Participación Pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos y busque en Condado de Eddy para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso de construcción 10732 para la microrred de calidad del aire del este del condado de Doña Ana.

El período de comentarios de 30 días para esta solicitud de permiso está abierto. Visite el sitio web del NMED www.env.nm.gov y busque el menú Participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos públicos y busque en el condado de Doña Ana para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de comentarios públicos en el menú Participación pública para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.


Para español: Haga clic aquí.
 
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso de construcción 10734 para la microrred de calidad del aire del condado de Doña Ana-Oeste.

El período de comentarios de 30 días para esta solicitud de permiso está abierto. Visite el sitio web del NMED www.env.nm.gov y busque el menú Participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos públicos y busque en el condado de Doña Ana para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de comentarios públicos en el menú Participación pública para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

Para Español: Haga clic aquí.
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso de construcción de calidad del aire 10732 para la microrred del este del condado de Doña Ana (Doña Ana County-East Microgrid).

El período de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web del NMED en www.env.nm.gov y busque el menú de Participación Pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos (Public Notices) y busque bajo Condado de Doña Ana (Doña Ana County) para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos (Public Comment Portal en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

Para inglés: Haga clic aquí.
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso de construcción de calidad del aire 10734 para la microrred del oeste del condado de Doña Ana (Doña Ana County-West Microgrid).

El período de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web del NMED en www.env.nm.gov y busque el menú de Participación Pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos (Public Notices) y busque bajo Condado de Doña Ana (Doña Ana County) para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos (Public Comment Portal) en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.

Para inglés: Haga clic aquí.

22 Febrero

Período de comentarios públicos de 60 días: Modificación de clase 3 del permiso de residuos peligrosos de White Sands Missile Range para las unidades de gestión de residuos sólidos 86 y 87.

5pm MDT
El NMED tiene la intención de aprobar, pendiente de la opinión pública, cambiar el estado de las medidas correctivas de dos Unidades de Gestión de Residuos Sólidos (SWMU 86 y 87) de «Medidas correctivas necesarias» a «Medidas correctivas completadas con controles» en el Permiso de Residuos Peligrosos de la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA) del Campo de Misiles de White Sands (WSMR). El periodo de comentarios de 60 días comienza el 30 de enero y finaliza a las 17:00 horas del 31 de marzo de 2026. El proceso de comentarios públicos se especifica en el aviso público del 30 de enero de 2026. Puede enviar sus comentarios a través del portal de comentarios SmartComment.

Para obtener copias del aviso público, la hoja informativa y la petición completa de medidas correctivas, visite la página de la Oficina de Residuos Peligrosos del NMED WSMR (www.env.nm.gov…), en el apartado titulado «Propuesta completa de medidas correctivas». Los documentos anteriores también están disponibles en la página de avisos públicos del NMED (www.env.nm.gov…), en «A nivel estatal/en varios condados».
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Solicitud de permiso de construcción para la calidad del aire de Intrepid Potash New Mexico LLC-East Plant 0755M16

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web del NMED www.env.nm.gov y busque el menú de Participación Pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos Públicos y busque en Condado de Eddy para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
22 Febrero

Periodo de comentarios públicos: Certificación 401 de la planta de tratamiento de aguas residuales de la Villa de Jemez Springs NPDES NM0028011 / Periodo de comentarios públicos para la planta de tratamiento de aguas residuales de la Villa de Jemez Springs NPDES NM00280110

La Oficina de Calidad del Agua Superficial del NMED reabre el período de comentarios para la Certificación 401 de la Ley de Agua Limpia del borrador del permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes para la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Jemez Springs, permiso NPDES n.º NM0028011.

Se notifica que se han reabierto el aviso público de la EPA y el período de comentarios federales asociado para el borrador del permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (NPDES) para la planta de tratamiento de aguas residuales (WWTP) de la localidad de Jemez Springs, permiso NPDES n.º NM0028011.

Además, el NMED ha abierto el período de comentarios simultáneo para la Certificación de la Sección 401 de la Ley de Agua Limpia del borrador del permiso NPDES.

Cuando la Región 6 de la EPA redacta un permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (NPDES) para una descarga en una de las aguas superficiales de Nuevo México, el NMED tiene la oportunidad de garantizar que la descarga no afectará negativamente a las masas de agua receptoras. Esto se documenta a través de la Certificación 401 y es obligatorio de acuerdo con las regulaciones estatales en 20.6.2.2001 NMAC. El NMED puede hacer que el borrador del permiso sea más estricto si se basa en la ley estatal o puede hacer comentarios a la EPA para que los tenga en cuenta en el permiso final. El NMED también tiene la autoridad de denegar la certificación si las circunstancias del permiso no garantizan que el vertido cumpla con los estándares de calidad del agua. 

La instalación está situada en el 14609 de la autopista estatal 4, en la localidad de Jemez Springs, condado de Sandoval, Nuevo México. Los vertidos de la instalación se realizan en el río Jemez, en el segmento 20.6.4.107 NMAC de la cuenca del río Grande, en el condado de Sandoval, Nuevo México.

The draft permit, draft fact sheet/statement of basis, and other associated information can be found at the EPA public notice website and the NMED public notice website.

EPA has included the per- and polyfluorinated substances (PFAS) monitoring requirements based on the memo from EPA headquarters addressing PFAS discharges in NPDES permits and through the pretreatment and monitoring programs.

For this facility, if you have comments that you would like NMED to consider as the Clean Water Act Section 401 Certification is drafted, please submit them using the NMED Public Comment Portal or send them to:
     Susan A. Lucas Kamat, Program Manager
     NMED SWQB Point Source Regulation Section
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     telephone 505-946-8924
     email psrs.program.manager@env.nm.gov
Tutorial videos on how to use the Public Comment Portal are available in both English and Spanish.

NMED SWQB will accept written comments until the end of the business day (5pm MST) on Monday, March 2, 2026.

Individuals who submit public comments will be added to the NMED email listserv.

Persons who need language services (e.g., assistance for an interpreter) or persons with disabilities who need services to participate in this public process should contact:
     Susan A. Lucas Kamat
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     telephone (505) 946-8924
     email susan.lucaskamat@env.nm.gov

TDD or TTY users please access the number via the New Mexico Relay Network, 1-800-659-1779 (voice); TTY users: 1-800-659-8331.
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Anuncio del aviso público sobre el Certificación de la Sección 401 de la Ley de Aguas Limpias

Esta es una notificación de que el aviso público de la EPA y el período federal asociado de comentarios han sido abiertos para el borrador de la planta de tratamiento de aguas residuales de la Villa de Jemez Springs, número de permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas de Contaminantes (NPDES, por sus siglas en inglés) NM0028011.

Además, NMED ha abierto el período simultáneo de comentarios para la Certificación de la Sección 401 de la Ley de Agua Limpia del borrador del permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas de Contaminantes (NPDES, por sus siglas en inglés) mencionado anteriormente.

Cuando la Región 6 de la EPA redacta un permiso del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas de Contaminantes (NPDES, por sus siglas en inglés) para una descarga en aguas superficiales de Nuevo México, se requiere que NMED concuerde con que la descarga no afectará negativamente a los cuerpos de agua receptores. Esto se documenta a través de la certificación 401 y se requiere de acuerdo con 20.6.2.2001 NMAC. NMED puede hacer que el borrador del permiso sea más estricto si se basa en la ley estatal o puede hacer comentarios a la EPA para su consideración en el permiso final. NMED también tiene la autoridad para denegar la certificación si las circunstancias de los permisos no garantizan que la descarga cumpla con los estándares de calidad del agua.

La instalación está ubicada en 4609 State Highway 4, en Villa de Jemez Springs, el condado de Sandoval en Nuevo México. Las descargas de la instalación son al Rio Jemez en el segmento 20.6.4.207 NMAC en la cuenca del Rio Grande en el condado de Sandoval en Nuevo México.  

El permiso, la hoja de datos/declaración de base y otra información relacionada se pueden encontrar en los siguientes sitios web del EPA y sitios web del NMED.

La EPA ha incluido los requisitos de monitoreo de sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS, por sus siglas en inglés) con base en el memorando de la sede de la EPA que aborda las descargas de PFAS en los permisos NPDES y a través del programa de pretratamiento y los programas de monitoreo.

Si usted tiene algún comentario sobre esta instalación que desea que el NMED considere al redactar la Certificación de la Ley de Aguas Limpias, Sección 401, sírvase envíelos utilizando el Portal de Comentarios Públicos de NMED o enviarlo a:
     Susan A. Lucas Kamat, Program Manager
     NMED SWQB Point Source Regulation Section
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     teléfono 505-946-8924
     correo electrónico psrs.program.manager@env.nm.gov
Los videos tutoriales sobre cómo usar el Portal de comentarios públicos están disponibles en inglés y español.

NMED SWQB aceptará comentarios escritos hasta el final del día hábil a las (5 p.m. MDT) del lunes, 2 de marzo de 2026.

Las personas que envíen comentarios públicos serán añadidas a la lista de correo electrónico de NMED.

Las personas que necesiten asistencia de lenguaje (por ejemplo, asistencia para un intérprete) o las personas que tengan una discapacidad o que necesiten ayuda para participar en este proceso público deberán comunicarse con:
     Susan A. Lucas Kamat
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     teléfono (505) 946-8924
     correo electrónico susan.lucaskamat@env.nm.gov

Los usuarios de TDD o TTY pueden acceder al número a través de la red de retransmisión de Nuevo México, 1-800-659-1779 (voz); usuarios de TTY: 1-800-659-8331.
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The New Mexico Environment Department (NMED) does not discriminate on the basis of race, color, national origin, disability, age or sex in the administration of its programs or activities, as required by applicable laws and regulations. If you have any questions about any of the NMED’s non-discrimination programs, policies or procedures, you may contact:
     Kate Cardenas, NMED’s Non-Discrimination Coordinator
     1190 St. Francis Dr., Suite N4050
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     telephone (505) 827-2855
     email nd.coordinator@env.nm.gov

If you believe that you have been discriminated against with respect to a NMED program or activity, you may contact the Non-Discrimination Coordinator identified above or visit our website to learn how and where to file a complaint of discrimination.

El Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. Si tiene preguntas sobre cualquier programa de no discriminación, norma o procedimiento de NMED, puede comunicarse con:
     Kate Cardenas, la Coordinadora de No Discriminación de NMED
     1190 St. Francis Dr., Suite N4050
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     teléfono (505) 827-2855
     correo electrónico nd.coordinator@env.nm.gov

Si piensa que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad de NMED, puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación.

22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Harvest Four Corners LLC-Solicitud de permiso de operación para la calidad del aire de la planta de tratamiento de gas Milagro P101R4

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú Participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos públicos y busque en Condado de San Juan para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 60 días para el borrador del permiso de residuos peligrosos para el tratamiento químico avanzado (ACT)

5pm MDT
El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México publicó un aviso público en el que proponía el borrador de la renovación del permiso para el tratamiento químico avanzado con el fin de aceptar, gestionar, tratar, almacenar y transferir fuera de las instalaciones los residuos peligrosos generados en su centro de almacenamiento y tratamiento de residuos peligrosos. El período de comentarios públicos de 60 días comenzó el 9 de febrero de 2026 y finaliza el 10 de abril de 2026 a las 5:00 p. m. Los avisos públicos (en inglés y español), la hoja informativa y el borrador de renovación del permiso se pueden encontrar aquí:www.env.nm.gov…

Ahora puede enviar sus comentarios en línea utilizando el portal de comentarios públicos ubicado ennmed.commentinput.com… 
Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y exponer las razones por las que debe celebrarse una audiencia. Se celebrará una audiencia si el NMED determina que existe un interés público sustancial. Una vez completado el expediente administrativo para la concesión del permiso y disponiendo de toda la información necesaria, el NMED aprobará, aprobará con condiciones o rechazará el permiso basándose en el expediente administrativo. 

 
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 30 días: Natural Gas Pipeline Co of America - Solicitud de permiso de operación de calidad del aire para la estación compresora n.º 167 P141R5

El periodo de comentarios de 30 días está abierto para esta solicitud de permiso. Visite el sitio web de NMED www.env.nm.gov y busque el menú Participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Public Notices y busque en Lea County para ver los documentos relacionados con esta solicitud de permiso. Haga clic en Portal de Comentarios Públicos en el menú de Participación Pública para enviar comentarios o utilice el enlace de abajo.
22 Febrero

Aviso de disponibilidad para comentarios públicos: Borrador del Informe sobre las emisiones regionales de dióxido de azufre y los hitos alcanzados en 2024

El período de comentarios de 30 días está abierto para este borrador del informe. Visite el sitio web del NMEDwww.env.nm.gov y busque el menú Participación pública en la parte superior derecha. Haga clic en Avisos públicos y busque en Todo el estado/Varios condados para ver los documentos relacionados con este borrador del informe. Haga clic en Portal de comentarios públicos en el menú Participación pública para enviar comentarios o utilice el enlace que aparece a continuación.
22 Febrero

Período de comentarios públicos de 60 días para la modificación del borrador del permiso de la Instalación de Pruebas de White Sands (WSTF) de la NASA.

5pm MDT
El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED) tiene la intención de emitir una modificación del permiso de residuos peligrosos de clase 3 a la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio (NASA), propietaria y operadora de la Instalación de Pruebas de White Sands (WSTF). Esta modificación del permiso logrará dos cosas: 1) documentar los sitios en los que se han completado las medidas correctivas, y 2) revisar el permiso para incluir un texto que respalde la enmienda a la definición de residuos peligrosos para las espumas acuosas formadoras de película que contienen sustancias perfluoroalquílicas o polifluoroalquílicas [PFAS] añadidas intencionadamente.

La WSTF de la NASA es una instalación de pruebas creada en 1962 para apoyar el Programa Espacial Nacional. El WSTF ocupa más de 60 000 acres en el condado de Doña Ana, en el centro-sur de Nuevo México, a 18 millas al noreste de Las Cruces, Nuevo México, y a 65 millas al norte de El Paso, Texas.

El período de comentarios públicos de 60 días comenzó el 19 de febrero de 2026 y finaliza el 22 de abril de 2026 a las 5:00 p. m. Los avisos públicos (en inglés y español), la hoja informativa y el borrador del permiso se pueden encontrar aquí: www.env.nm.gov…
Ahora puede enviar sus comentarios en línea a través del portal de comentarios públicos ubicado en
nmed.commentinput.com…

Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y exponer las razones por las que debe celebrarse una audiencia. Se celebrará una audiencia si el NMED determina que existe un interés público sustancial. Una vez completado el expediente administrativo para la concesión del permiso y disponiendo de toda la información necesaria, el NMED aprobará, aprobará con condiciones o rechazará el permiso basándose en el expediente administrativo. 
23 Febrero

Se cierra el periodo de comentarios públicos: Permisos de descarga de aguas subterráneas propuestos para su aprobación

La Oficina de Calidad del Agua Subterránea (GWQB) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED) notifica por la presente que se han propuesto para su aprobación los siguientes permisos de descarga de aguas subterráneas. El NMED concederá un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación de este aviso (o según se indique en el aviso público vinculadoaquí) para la presentación de comentarios por escrito y/o solicitudes de audiencia pública para la concesión de permisos. Puede añadir el periodo de comentarios a su calendario a través de nuestro Calendario de eventos, que se encuentra enhttps://www.env.nm.gov/events-calendar/. Ahora puede enviar sus comentarios en línea a través del Portal de comentarios públicos, que se encuentra enhttps://nmed.commentinput.com/comment/search. Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y exponer las razones por las que debe celebrarse una audiencia. Se celebrará una audiencia si el NMED determina que existe un interés público sustancial. Una vez completado el expediente administrativo de una acción de concesión de permisos y disponible toda la información requerida, el NMED aprobará, aprobará con condiciones o rechazará el permiso basándose en el expediente administrativo. 

Haga clic en este enlace para ver el aviso público 

El NMED mantiene un Plan de Participación Pública (PIP) para cada acción de concesión de permisos con el fin de planificar la participación pública y proporcionar la información que pueda ser necesaria para que la comunidad participe en el proceso de concesión de permisos. Los PIP pueden consultarse en línea enhttps://www.env.nm.gov/public-notices/, en la oficina local del NMED más cercana a la actividad propuesta para la que se solicita el permiso, o poniéndose en contacto con la persona de contacto del NMED para permisos que se indica en el aviso público vinculadoaquí. El NMED también mantiene listas de correo específicas para cada instalación para las personas que deseen recibir avisos relacionados con una acción de concesión de permisos.  
Para obtener más información sobre un permiso de descarga y el proceso de concesión de permisos, para ser incluido en una lista de correo específica de una instalación o para obtener una copia de un borrador de permiso o PIP, póngase en contacto con el contacto de permisos del NMED en el número de teléfono o la dirección que se indican en el aviso público vinculadoaquí. Los borradores de los permisos pueden consultarse en línea enhttps://www.env.nm.gov/public-notices/, en la pestaña correspondiente al condado de la instalación. Los comentarios o las solicitudes de audiencia relativos a un borrador de permiso deben dirigirse a la GWQB, PO Box 5469, Santa Fe, NM 87502-5469, o enviarse por correo electrónico al contacto de permisos del NMED. 

Si no habla inglés, no lo habla bien o tiene una discapacidad, puede ponerse en contacto con el NMED Permit Contact para solicitar ayuda, un intérprete o una ayuda auxiliar con el fin de obtener más información sobre un permiso de vertido o el proceso de concesión de permisos, o para participar en actividades relacionadas con el proceso de concesión de permisos. En la medida de lo posible, el NMED se encargará de proporcionar los servicios de interpretación solicitados y las adaptaciones o servicios para personas con discapacidad. Se ofrece asistencia telefónica a través de Relay New Mexico sin coste alguno para las personas sordas, con dificultades auditivas o con dificultades para hablar por teléfono, llamando al 1-800-659-1779; español: 1-800-327-1857; usuarios de TTY: 1-800-659-8331. La asistencia telefónica de interpretación para personas que no hablan inglés o no lo hablan bien está disponible sin costo alguno cuando se llama al NMED. 

El NMED no discrimina por motivos de raza, color, nacionalidad, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, tal y como exigen las leyes y reglamentos aplicables. El NMED es responsable de coordinar los esfuerzos de cumplimiento y recibir las consultas relativas a los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, incluyendo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su versión modificada; la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, el Título IX de las Enmiendas a la Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972. Si tiene alguna pregunta sobre este aviso o sobre cualquiera de los programas, políticas o procedimientos de no discriminación del NMED, puede ponerse en contacto con: Kate Cárdenas, coordinadora de no discriminación, Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855,nd.coordinator@env.nm.gov. Si cree que ha sido discriminado en relación con un programa o actividad del NMED, puede ponerse en contacto con el coordinador de no discriminación indicado anteriormente o visitar nuestro sitio webhttps://www.env.nm.gov/general/environmental-justice-in-new-mexico/para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación. 
23 Febrero

Se cierra el periodo de comentarios públicos: Permisos de Descarga en aguas subterráneas propuestos para aprobación

La Oficina de Calidad de Aguas Subterráneas (GWQB, por sus siglas en inglés) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por sus siglas en inglés) notifica por este medio que se han propuesto los siguientes Permisos de Descarga de Agua Subterránea para su aprobación. NMED permitirá 30 días después de la fecha de publicación de este aviso (o según lo dispuesto en el aviso público vinculado aquí) para la presentación de comentarios por escrito y/o una solicitud de audiencia pública para una acción de permiso. Puede añadir el periodo de comentarios a su calendario a través de nuestro Calendario de Eventos situado en https://www.env.nm.gov/events-calendar/. Ahora puede enviar sus comentarios en línea utilizando el Portal de comentarios públicos ubicado en https://nmed.commentinput.com/comment/search. Las solicitudes de audiencia pública deberán presentarse por escrito y expondrán los motivos por los cuales debe celebrarse una audiencia. Se llevará a cabo una audiencia si NMED determina que existe un interés público considerable. Después de que el registro administrativo para la acción de permiso esté completo y toda la información requerida esté disponible, NMED aprobará, aprobará con condiciones o denegará el Permiso basado en el registro administrativo.  

Haga clic en este enlace para ver el aviso público

NMED mantiene un Plan de Participación Pública (PIP, por sus siglas en inglés) para cada acción de permiso para planificar la facilitación de oportunidades de participación del público e información que pueda ser necesaria para que la comunidad participe en el proceso de permisos. Los PIP se pueden ver en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/, en la oficina local de NMED más cercana a la actividad de permiso propuesta, o comunicándose con el contacto de permisos de NMED identificado en el aviso público vinculado aquí. NMED también mantiene listas de correo específicas de las instalaciones para las personas que desean recibir avisos asociados para una acción de permiso. 

Para obtener más información sobre un Permiso de Descarga y el proceso de permisos, para ser incluido en la lista de correo específica de una instalación, o para obtener una copia de un borrador de permiso o PIP, comuníquese con la persona que sirve como Contacto de Permisos de NMED en el número o la dirección facilitados en el aviso público vinculado aquí. Los borradores de permisos se pueden ver en línea en https://www.env.nm.gov/public-notices/ bajo la pestaña correspondiente al condado de la instalación. Los comentarios o las solicitudes de audiencia sobre un borrador de permiso deben dirigirse a GWQB, PO Box 5469, Santa Fe, NM 87502-5469, o enviarse por correo electrónico al contacto de permisos de NMED. 

Si usted no habla inglés, no habla bien inglés, o si tiene una discapacidad, puede comunicarse con el contacto de permisos de NMED para solicitar asistencia, un intérprete o un dispositivo auxiliar con el fin de aprender más sobre un Permiso de Descarga o el proceso de permisos, o para participar en actividades asociadas con el proceso de permisos. En la medida de lo posible, el NMED organizará los servicios de interpretación y las adaptaciones o servicios para personas con discapacidades que hayan sido solicitados. Hay disponible asistencia para conversaciones telefónicas a través de Relay New Mexico de forma gratuita para las personas sordas, con problemas de audición o con dificultades para hablar por teléfono llamando al 1-800-659-1779; español: 1-800-327-1857; los usuarios de TTY: 1-800-659-8331. Asistencia telefónica de interpretación para personas que no hablan inglés o no hablan bien el inglés está disponible de forma gratuita llamando a NMED. 

NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. NMED es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y la recepción de consultas relativas a los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, incluido el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de Contaminación del Agua de 1972. Si usted tiene preguntas sobre este aviso o sobre cualquier programa, política o procedimiento de no discriminación de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación: Kate Cardenas, Non-Discrimination Coordinator, New Mexico Environment Department, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855, nd.coordinator@env.nm.gov. Si usted piensa que ha sido discriminado/a con respecto a un programa o actividad de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/general/environmental-justice-in-new-mexico/ para aprender cómo y dónde presentar una queja de discriminación. 
23 Febrero

Período de comentarios públicos: Plan de Acción de Restauración de la Cuenca Hidrográfica del Paisaje de Escudilla 2026 y Anexo al Plan Basado en la Cuenca Hidrográfica/Borrador del Plan de Acción de Restauración de la Cuenca Hidrográfica del Paisaje de Escudilla 2026 y Anexo al Plan Basado

NOTICE OF AVAILABILITY FOR PUBLIC COMMENT
Draft 2026 Escudilla Landscape Watershed Restoration Action Plan & Watershed Based Plan Addendum

The purpose of this Addendum is to edit and update the Escudilla Watershed Restoration Action Plan (WRAP) so that it can also serve as a nine-element Watershed Based Plan (WBP) under Clean Water Act (CWA) Section 319.

This Addendum was composed by the New Mexico Environment Department (NMED) Watershed Protection Section (WPS) in collaboration with the Gila National Forest (GNF) and in communication with EPA Region 6. The WRAP is a U.S. Forest Service planning document, and the WBP is a U.S. EPA and state planning document. The Escudilla WRAP was published in 2018 and has been actively used by the GNF. The Escudilla WBP focuses on non-point source pollution within the San Francisco River Basin for the temperature and sediment impaired reaches of the San Francisco River that have a TMDL. Once accepted by EPA, projects described in the Escudilla WBP will be eligible for on-the-ground CWA Section 319 funding.

The draft 2026 Escudilla Landscape Watershed Restoration Action Plan & Watershed Based Plan Addendum is available for public comment and can be found at Public Notices.

The Surface Water Quality Bureau welcomes comments to improve the WBP, particularly comments that identify additional pollution sources, management measures, and project locations to improve water quality with respect to water temperature and sediment.

The comment period closes at 5:00 p.m. on Wednesday, March 25, 2026. Comments postmarked on or before that date will be accepted. Comments may be submitted  using the NMED Public Comment Portal or by electronic mail to Jocelyn.Harimon@env.nm.gov. Tutorial videos on how to use the Public Comment Portal are available in both English and Spanish.
________________________________________________________________________________________________________________

Anuncio del aviso público sobre el Certificación de la Sección 401 de la Ley de Aguas Limpias
Borrador del Plan de Acción de Restauración de la Cuenca Hidrográfica del Paisaje de Escudilla 2026 & Anexo al Plan Basado en la Cuenca Hidrográfica

El objetivo de este Anexo es editar y actualizar el Plan de Acción de Restauración de la Cuenca Hidrográfica (WRAP, por sus siglas en inglés) de Escudilla para que también pueda servir como un Plan Basado en la Cuenca Hidrográfica (WBP, por sus siglas en inglés) de nueve elementos de acuerdo con la Ley de Agua Limpia (CWA), Sección 319.

Este Anexo fue elaborado por la Sección de Protección de Cuencas Hidrográficas (WPS, por sus siglas en inglés) del Departamento Ambiental de Nuevo México (NMED) en colaboración con el Bosque Nacional Gila (GNF) y en comunicación con la Región 6 de la EPA. El WRAP es un documento de planificación del Servicio Forestal de los EE. UU. y el WBP es un documento de planificación estatal y de la EPA de los EE. UU. El WRAP de Escudilla se publicó en 2018 y el GNF lo ha empleado de forma activa. El WBP de Escudilla se centra en la contaminación de fuentes difusas dentro de la Cuenca del Río San Francisco con respecto a los tramos del río San Francisco afectados por temperatura y sedimentos que tienen un TMDL. Una vez aceptados por la EPA, los proyectos descritos en el WBP de Escudilla serán elegibles para recibir financiamiento in situ de la CWA, Sección 319.

El borrador del Plan de Acción de Restauración de la Cuenca Hidrográfica del Paisaje de Escudilla de 2026 y el Anexo al Plan Basado en la Cuenca Hidrográfica se encuentran disponibles para comentarios públicos y se pueden encontrar en Public Notices.

La Oficina de Calidad del Agua Superficial agradece los comentarios acerca del mejoramiento del WBP, en particular aquellos que identifiquen fuentes de contaminación adicionales, medidas de gestión, y ubicaciones de proyectos con el fin de mejorar la calidad del agua con respecto a la temperatura del agua y los sedimentos.

El plazo para enviar comentarios termina a las 5:00 p.m. el miércoles 25 de marzo de 2026. Se aceptarán comentarios con sello postal de esa fecha o anterior. Se pueden enviar comentarios utilizando el Portal de Comentarios Públicos de NMED o por correo electrónico a Jocelyn.Harimon@env.nm.gov. Los videos tutoriales sobre cómo usar el Portal de comentarios públicos están disponibles en inglés y español.
________________________________________________________________________________________________________________
The New Mexico Environment Department (NMED) does not discriminate on the basis of race, color, national origin, disability, age or sex in the administration of its programs or activities, as required by applicable laws and regulations. If you have any questions about any of the NMED’s non-discrimination programs, policies or procedures, you may contact:
     Kate Cardenas, NMED’s Non-Discrimination Coordinator
     1190 St. Francis Dr., Suite N4050
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     telephone (505) 827-2855
     email nd.coordinator@env.nm.gov

If you believe that you have been discriminated against with respect to a NMED program or activity, you may contact the Non-Discrimination Coordinator identified above or visit our website to learn how and where to file a complaint of discrimination.
________________________________________________________________________________________________________________
El Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. Si tiene preguntas sobre cualquier programa de no discriminación, norma o procedimiento de NMED, puede comunicarse con:
     Kate Cardenas, la Coordinadora de No Discriminación de NMED
     1190 St. Francis Dr., Suite N4050
     P.O. Box 5469
     Santa Fe, NM 87502
     teléfono (505) 827-2855
     correo electrónico nd.coordinator@env.nm.gov

Si piensa que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad de NMED, puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación.

23 Febrero

Junta de Mejora Ambiental AUDIENCIA: EIB 25-61 (R) - Propuesta de nueva norma - PFAS

9am - 5pm MST
Audiencia sobre la nueva norma propuesta 20.13.2 NMC _Sustancias perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas en productos de consumo

Aviso público - Inglés

Aviso público - Español

Aviso de reunión

Orden del día de la reunión

Enlace a la reunión:
nmed-oit.webex.com… 
Número de la reunión: 2869 924 4335
Contraseña: PMpXPmJy327

Participar por teléfono
+1-415-655-0001 Tarifa nacional en EE. UU.
Código de acceso: 2869 924 4335
 
24 Febrero

Junta de Mejora Ambiental AUDIENCIA: EIB 25-61 (R) - Propuesta de nueva norma - PFAS

9am - 5pm MST
Audiencia sobre la nueva norma propuesta 20.13.2 NMC _Sustancias perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas en productos de consumo

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25 Feb

Junta de Mejora Ambiental AUDIENCIA: EIB 25-61 (R) - Propuesta de nueva norma - PFAS

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26 Feb

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27 Feb

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28 Feb

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01 Mar

Recordatorio: Envíe los resultados de las pruebas del sistema de tanques a la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo

Propietarios, operadores y probadores de sistemas de tanques de almacenamiento de petróleo, por favor envíen por correo electrónico todos los resultados requeridos de las pruebas de los sistemas de tanques a: PSTB.compliance@env.nm.gov con una copia al inspector de la instalación, si se conoce, para permitir la recepción y el seguimiento de estos informes. Informe de una fuga o derrame sospechoso o confirmado de un tanque de almacenamiento de petróleo en un plazo de 24 horas aquí (esto incluye los resultados de las pruebas fallidas o no concluyentes). Envíe los resultados de las pruebas aprobadas en un plazo de 60 días a partir de su realización.

Por favor, nombre los documentos que envíe de la siguiente manera:

[Número de identificación de la instalación] [Número de identificación del propietario] [Nombre de la instalación] [Tipo de prueba] [Fecha de la prueba]

Por ejemplo: 30211 53489 Prueba ATG de Jack's Quick Mart 2021-06-25

El número de identificación de la instalación y el número de identificación del propietario figuran en los certificados de registro que recibe después de pagar las tasas de los tanques cada año o pueden encontrarse en las listas de tanques de almacenamiento disponibles cerca de la parte inferior de la página web principal de la PSTB (Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo), https://www.env.nm.gov/petroleum_storage_tank/.

Información que debe incluirse en los informes:

  1. nombre y dirección de la instalación;
    (2) número de identificación de la instalación;
    (3) nombre y dirección del propietario y del operador;
    (4) número de identificación del propietario;
    (5) fecha de finalización del informe;
    (6) fecha de la prueba;
    Y MÁS. Véase 20.5.107.715.D NMAC y otros mencionados más adelante.

INCLUYA TAMBIÉN EL NÚMERO DE ID DEL TANQUE

Las regulaciones de los tanques de almacenamiento de petróleo de Nuevo México se encuentran en 20.5 NMAC. Usted puede buscar diferentes partes en https://www.srca.nm.gov/chapter-5-petroleum-storage-tanks/ o descargar el libro completo aquí.

Si no puede enviar por correo electrónico los resultados de las pruebas requeridas a PSTB.compliance@env.nm.gov, envíelos por correo a Testing Results, PSTB, 2905 Rodeo Park Drive East, Building 1, Santa Fe, NM 87505.Las regulaciones de los tanques de almacenamiento de petróleo (20.5 NMAC) que fueron adoptadas por la Junta de Mejora Ambiental el 25 de mayo de 2018 y que entraron en vigor el 24 de julio de 2018 requieren que la mayoría de los informes de resultados de las pruebas sean enviados a la Oficina de Tanques de Almacenamiento de Petróleo:

  • Los propietarios y operadores de sistemas de tanques de almacenamiento deben proporcionar al departamento todos los informes requeridos en 20.5.107 NMAC dentro de los 60 días siguientes a la finalización de las pruebas (20.5.107.715.B NMAC). Los propietarios y operadores deben informar al departamento de cualquier prueba o inspección fallida dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la prueba o inspección de acuerdo con 20.5.118 NMAC (20.5.107.715.C NMAC). 20.5.107.715.D NMAC enumera lo que debe incluirse en los informes. En las secciones 20.5.108.816 NMAC, 20.5.110.1016 NMAC y 20.5.111.1112 NMAC se establecen requisitos similares.
  • Los resultados fallidos o anormales de CUALQUIER prueba o resultado de supervisión, incluida la investigación de una alarma, son signos de una presunta liberación, y los propietarios, instaladores, instaladores noveles y probadores deben informar de ellos en un plazo de 24 horas, tanto enviándolos a PSTB.Compliance@env.nm.gov con una copia al inspector del PSTB Y poniéndose en contacto con la Fuga de la Semana que aparece aquí: https://cloud.env.nm.gov/waste/pages/download.php?direct=1&ref=13965&size=&ext=pdf o llamando al (505) 827-9329 fuera del horario laboral del estado si se trata de una emergencia. Los propietarios y operadores también deben investigar estas presuntas fugas en un plazo de siete (7) días a partir de su descubrimiento y realizar las pruebas adecuadas, la comprobación del lugar, etc. (20.5.118.1801 NMAC).
  • A menos que un propietario u operador demuestre en un plazo de 30 días que una liberación que fue reportada como una sospecha de liberación no es una liberación, será tratada como una liberación confirmada, y usted debe cumplir con 20.5.118 NMAC y 20.5.119 o 120 NMAC, incluyendo la toma de acciones correctivas, para las liberaciones confirmadas.

Otros requisitos relativos a las pruebas de los depósitos son:

  • Un probador cualificado debe realizar la primera prueba o inspección de los equipos de prevención de derrames y sobrellenados existentes y de los sumideros de contención de control intersticial antes del 24 de julio de 2021. (5.105 NMAC; 20.5.106.613 NMAC, 20.5.107.704, 707 Y 714 NMAC, 20.5.108.811 Y 813 NMAC, 20.5.109.910 NMAC, 20.5.110.1005 Y 1015 NMAC).
  • Si usted tiene un UST y/o tubería que utiliza ATG (medidor automático de tanques) (sólo permitido en USTs y/o tuberías instalado antes del 4 de abril de 2008), un probador cualificado debe probarlo al menos anualmente antes del 24 de julio de 2021 (20.5.105 NMAC; 20.5.108.805 NMAC, 20.5.108.815 y 816 NMAC).

Hay folletos útiles que explican muchos de los requisitos de la normativa en: https://www.env.nm.gov/petroleum_storage_tank/guidance-documents-ast-and-ust/

Encuentre su inspector de depósitos aquí: https://cloud.env.nm.gov/waste/pages/view.php?ref=10632&k=fa934e9692.
01 Mar

Junta de Mejora Ambiental AUDIENCIA: EIB 25-61 (R) - Propuesta de nueva norma - PFAS

9am - 5pm MST
Audiencia sobre la nueva norma propuesta 20.13.2 NMC _Sustancias perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas en productos de consumo

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Aviso de reunión

Orden del día de la reunión

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Número de la reunión: 2869 924 4335
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Código de acceso: 2869 924 4335
 
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