Ajustes de las sanciones civiles para 2024

En noviembre de 2015, el Congreso promulgó la Ley de Ajuste de Sanciones Civiles Federales de 2015 ("FCPAA") que requiere que las agencias federales, incluida la OSHA, ajusten sus sanciones para tener en cuenta la inflación. Pub. L. I 14- 74 (2 de noviembre de 2015) 129 Stat. 599. Este tipo de ajustes por inflación no se había realizado en las sanciones de la OSHA desde 1990.

El 1 de julio de 2016, la OSHA Federal publicó una Norma Final para aumentar las sanciones federales según lo prescrito por el Congreso; la OSHA Federal notificó simultáneamente a todos los planes estatales su obligación de realizar un cambio "al menos igual de efectivo" en las sanciones máximas estatales. Los establecimientos ubicados en los estados bajo jurisdicción de la OSHA Federal debían cumplir con los nuevos requisitos el 1 de agosto de 2016. En octubre de 2016, el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México notificó a la OSHA Federal la intención del Estado de buscar legislación durante la sesión de 2017 para aumentar las sanciones máximas estatutarias de conformidad con la ley federal.

El proyecto de ley del Senado 229 ( "SB 229"), convertido en ley el 6 de abril de 2017, modificó la Ley de Salud y Seguridad Ocupacional, 50-9 NMSA 1978, para ajustar las sanciones máximas y mínimas de conformidad con la ley federal. La legislación se ajusta a los requisitos de la Ley Federal de Seguridad y Salud Ocupacional, la FCPAA y las normas federales de la OSHA para la aprobación de los planes estatales de salud y seguridad ocupacional.

Los niveles de penalidad contenidos en el FOM-6-Apéndice-A-2024 reflejan aumentos a las penalidades máximas y mínimas para conformarse con SB 229. Esta política es efectiva para todas las citaciones emitidas a partir del12 de abril de 2024.

Subsección de NMSA 1978  Tipo de infracción  Supresión de los niveles de penalización a partir del 1 de abril de 2023Añadir niveles de sanción a partir del 1 de abril de 2024
50-9-24.A  Repetir Willful Willful  Máximo $155.442
Máximo $155.442
Mínimo $11.135
Máximo 160.727 $
Máximo 160.727 $
Mínimo 11.513 $.
50-9-24.B  En serio  15.543 dólares por infracción 16.071 dólares por infracción
50-9-24.C  Otros  15.543 dólares por infracción 16.071 dólares por infracción
50-9-24.D  Falta de reducción  15.543 dólares por día después de la fecha de reducción 16.071 dólares por día después de la fecha de reducción

Norma de información COVID-19 suprimida

En una audiencia pública celebrada el 28 de abril de 2023, la Junta de Mejora Ambiental (EIB, por sus siglas en inglés) escuchó testimonios y recibió pruebas del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México de que la enfermedad contagiosa Novel Coronavirus Disease 2019 (COVID-19) causó una emergencia de salud pública y continúa representando una amenaza para la salud, la seguridad, el bienestar y la propiedad de los residentes de Nuevo México. Aunque COVID-19 presenta un grave peligro para la salud pública y la seguridad en el lugar de trabajo, las medidas que Nuevo México ha tomado para reducir la propagación de COVID-19 y mitigar sus impactos han justificado el levantamiento de varias restricciones. La notificación inmediata de los resultados positivos de las pruebas de COVID-19 de un empleado ya no es necesaria para ayudar a garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para los empleados. Haga clic aquí para ver la Regla de Registro de Nuevo México.

Ajustes de las sanciones civiles para 2023

En noviembre de 2015, el Congreso promulgó la Ley de Ajuste de Sanciones Civiles Federales de 2015 ("FCPAA") que requiere que las agencias federales, incluida la OSHA, ajusten sus sanciones para tener en cuenta la inflación. Pub. L. I 14- 74 (2 de noviembre de 2015) 129 Stat. 599. Este tipo de ajustes por inflación no se había realizado en las sanciones de la OSHA desde 1990.

El 1 de julio de 2016, la OSHA Federal publicó una Norma Final para aumentar las sanciones federales según lo prescrito por el Congreso; la OSHA Federal notificó simultáneamente a todos los planes estatales su obligación de realizar un cambio "al menos igual de efectivo" en las sanciones máximas estatales. Los establecimientos ubicados en los estados bajo jurisdicción de la OSHA Federal debían cumplir con los nuevos requisitos el 1 de agosto de 2016. En octubre de 2016, el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México notificó a la OSHA Federal la intención del Estado de buscar legislación durante la sesión de 2017 para aumentar las sanciones máximas estatutarias de conformidad con la ley federal.

El proyecto de ley del Senado 229 ( "SB 229"), convertido en ley el 6 de abril de 2017, modificó la Ley de Salud y Seguridad Ocupacional, 50-9 NMSA 1978, para ajustar las sanciones máximas y mínimas de conformidad con la ley federal. La legislación se ajusta a los requisitos de la Ley Federal de Seguridad y Salud Ocupacional, la FCPAA y las normas federales de la OSHA para la aprobación de los planes estatales de salud y seguridad ocupacional.

Los niveles de penalidad contenidos en el FOM-6-Apéndice-A-2023 reflejan aumentos a las penalidades máximas y mínimas para conformarse con SB 229. Esta política es efectiva para todas las citaciones emitidas a partir del12 de abril de 2023.

Subsección de NMSA 1978  Tipo de infracción  Supresión de los niveles de penalización con efecto a partir del 1 de abril de 2022 (7% más que en 2021) Añadir niveles de penalización a partir del 1 de abril de 2023 (6,5% más que en 2022)  
50-9-24.A  Repetir Willful Willful  Máximo 146.368 $ Máximo 146.368 $ Mínimo 10.456 Máximo 155.442 Máximo 155.442 Mínimo 11.135
50-9-24.B  En serio  14.636 dólares por infracción 15.543 dólares por infracción
50-9-24.C  Otros  14.636 dólares por infracción 15.543 dólares por infracción
50-9-24.D  Falta de reducción  14.636 $ por día después de la fecha de reducción 15.543 dólares por día después de la fecha de reducción

El OHSB publica nuevas orientaciones sobre la notificación del COVID-19 en el lugar de trabajo

11 de noviembre de 2022

La Oficina de Salud y Seguridad Ocupacional (OHSB) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México buscará una revisión de la Regla de Reporte de COVID-19 por parte de la Junta de Mejoramiento Ambiental (EIB) para actualizar la ley estatal para reflejar la orientación actual de los Centros de Control de Enfermedades y el Departamento de Salud de Nuevo México.

Los empleadores ya no están obligados a notificar todos los casos de empleados positivos a COVID-19 a la Oficina de Seguridad y Salud Laboral del Departamento de Medio Ambiente. Aunque la norma de notificación sigue vigente, el Departamento de Medio Ambiente tiene la intención de solicitar al BEI que anule la norma de notificación de COVID-19. Hasta que el BEI escuche y se pronuncie sobre la modificación de la Regla de Reporte de COVID-19, los inspectores de la OHSB están ejerciendo su discreción con los empleadores de Nuevo México y no están emitiendo citaciones o sanciones.cificadas por la Regla. 

Este cambio afecta únicamente a los requisitos de 11.5.1.16.C NMAC para la notificación de casos positivos de COVID-19 en un plazo de cuatro horas. Los empleadores deben seguir informando de las hospitalizaciones y muertes por COVID-19 y registrar los casos relacionados con el trabajo en los registros de lesiones y enfermedades de acuerdo con 11.5.1.16.A y B NMAC y los requisitos federales incorporados de 29 CFR parte 1904.  

Las Orientaciones provisionales de septiembre de 2022 sobre la presentación de informes COVID-19 están disponibles aquí.

Aplicación en Nuevo México de la norma sobre sílice de la OSHA

De acuerdo con los requisitos federales, la Oficina de Salud y Seguridad Ocupacional de Nuevo México comenzará la aplicación de la norma federal de construcción de Sílice Cristalina Respirable, 29 CFR § 1926.1153, el 23 de septiembre de 2017. Nuevo México también adoptará la orientación contenida en el memorando adjunto que describe las instrucciones para iniciar la asistencia de cumplimiento y los esfuerzos de aplicación.

El 19 de octubre de 2017 se publicó el Memorando provisional de orientación para la aplicación de la norma sobre sílice cristalina respirable en la construcción, la OSHA aplicará plenamente todas las disposiciones pertinentes de la norma sobre sílice en la construcción. El memorando proporciona orientación sobre inspecciones y citaciones, e incluye diagramas de flujo para ayudar a los oficiales de cumplimiento a evaluar los métodos de control de los empleadores.

Encontrará más información y recursos en la página sobre temas de salud y seguridad relacionados con el sílice

Programa Nacional de Énfasis en Instalaciones Químicas Cubiertas por el PSM

La OSHA federal revisó el Programa de Énfasis Nacional (NEP) para inspeccionar las instalaciones con sustancias químicas altamente peligrosas (HHC) en cantidades iguales o superiores a las cantidades umbral enumeradas en 29 CFR 1910.119. La nueva instrucción del Programa de Énfasis Nacional de Instalaciones Químicas Cubiertas de Gestión de la Seguridad de los Procesos(CPL 03-00-021) sustituye a la antigua directiva, CPL 03-00-014, que se publicó el 29 de noviembre de 2011.

Esta nueva instrucción proporciona orientación a las oficinas nacionales, regionales, de área y del Plan Estatal de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) para implementar y llevar a cabo un NEP para reducir o eliminar los riesgos del lugar de trabajo asociados con la liberación catastrófica de sustancias químicas altamente peligrosas en las instalaciones, incluidas las refinerías de petróleo, cubiertas por la norma de Gestión de la Seguridad de los Procesos de Sustancias Químicas Altamente Peligrosas (PSM) de la OSHA, 29 CFR 1910.119. Tanto las inspecciones programadas como las no programadas asociadas a este NEP comenzarán el 1 de mayo de 2017 en Nuevo México.

Esta nueva instrucción describe una iniciativa actualizada de la OSHA. Bajo las anteriores instrucciones relacionadas, OSHA realizaba inspecciones de las instalaciones cubiertas por la norma PSM de OSHA a través de una instrucción específica para las refinerías de petróleo o una instrucción relacionada con todas las demás instalaciones químicas cubiertas por PSM, excluyendo las refinerías de petróleo. Esta instrucción es aplicable a todas las instalaciones, incluidas las refinerías de petróleo, cubiertas por la norma PSM. Las inspecciones NPE realizadas en las refinerías de petróleo se llevarán a cabo de la misma manera que las inspecciones NPE realizadas en todas las demás instalaciones cubiertas por esta instrucción.

Página web de la OHSB sobre gestión de la seguridad de los procesos

Superficies de trabajo y protección contra caídas

La OSHA publica una norma final que actualiza las normas sobre superficies de trabajo a pie y establece los requisitos de los sistemas de protección personal contra caídas

La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional emitió una norma final el 18 de noviembre de 2016 actualizando sus normas sobre superficies de trabajo para la industria en general específicas para los riesgos de resbalones, tropiezos y caídas. La norma también incluye una nueva sección en las normas de equipos de protección personal de la industria general que establece los requisitos del empleador para el uso de sistemas de protección personal contra caídas. La norma entrará en vigor el 17 de enero de 2017, pero algunas disposiciones tienen fechas de entrada en vigor aplazadas.

La actualización más significativa de la norma final es que permite a los empresarios seleccionar el sistema de protección contra caídas que mejor les convenga, eligiendo entre una serie de opciones aceptadas que incluyen los sistemas personales de protección contra caídas. La OSHA ha permitido el uso de sistemas personales de protección contra caídas en la construcción desde 1994 y la norma final adopta requisitos similares para la industria general. La norma final aumenta la coherencia entre los sectores general y de la construcción, lo que ayudará a los empresarios y a los trabajadores que trabajan en ambos sectores.

Otros cambios son permitir a los empresarios utilizar sistemas de descenso por cuerda hasta 300 pies por encima de un nivel inferior; prohibir el uso de cinturones corporales como parte de un sistema personal de detención de caídas; y exigir la formación de los trabajadores sobre sistemas personales de protección contra caídas y equipos anticaídas.

Norma final de la OSHA sobre la sílice

La OSHA anuncia una norma final para mejorar la protección de los trabajadores estadounidenses frente a los peligros del polvo de sílice respirable

La OSHA ha anunciado hoy una norma definitiva para mejorar la protección de los trabajadores expuestos al polvo de sílice respirable. La norma frenará el cáncer de pulmón, la silicosis, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica y las enfermedades renales de los trabajadores estadounidenses al limitar su exposición a la sílice cristalina respirable.

"Los anteriores límites de exposición estaban anticuados y no protegían adecuadamente a los trabajadores", ha declarado el Dr. David Michaels, subsecretario de la OSHA. "Limitar la exposición al polvo de sílice es esencial. Cada año, muchos trabajadores expuestos no sólo pierden su capacidad de trabajar, sino también de respirar. Hoy, estamos tomando medidas para llevar las protecciones de los trabajadores al siglo XXI de manera que sean factibles y económicas para que los empleadores las implementen."

Alrededor de 2,3 millones de hombres y mujeres están expuestos a la sílice cristalina respirable en sus lugares de trabajo, incluidos dos millones de trabajadores de la construcción que perforan y cortan materiales como el hormigón y la piedra, y 300.000 trabajadores en operaciones como la fabricación de ladrillos, las fundiciones y la fracturación hidráulica. La OSHA calcula que, cuando la norma final entre en vigor, salvará más de 600 vidas al año y evitará más de 900 nuevos casos de silicosis -una enfermedad incurable y progresiva- cada año. La agencia también calcula que la norma final proporcionará unos beneficios netos de unos 7.700 millones de dólares al año.

 Un trabajador corta granito con una sierra que aplica agua a la hoja. El agua reduce la cantidad de polvo que contiene sílice que pasa al aire.

La mayoría de los empresarios pueden limitar la exposición al polvo nocivo mediante el uso de equipos ampliamente disponibles, generalmente utilizando agua para evitar que el polvo entre en el aire o un sistema de ventilación para eliminarlo del aire. La norma ofrece una mayor ayuda para el cumplimiento de la normativa a los empresarios de la construcción -muchos de los cuales dirigen pequeñas empresas- al incluir una tabla de controles específicos que pueden seguir para cumplir la normativa. Además, la norma retrasa las fechas de cumplimiento para garantizar que los empresarios dispongan de tiempo suficiente para cumplir sus requisitos.

La norma final está redactada en dos partes, una para la construcción y otra para la industria general y marítima. Además de reducir el límite de exposición permitido para la sílice cristalina, la norma incluye requisitos para los empresarios como limitar la exposición de los trabajadores mediante prácticas laborales y controles técnicos (como agua o ventilación); proporcionar protección respiratoria cuando los controles sean insuficientes; formar a los trabajadores; limitar su acceso a zonas de alta exposición y realizar exámenes médicos a los trabajadores muy expuestos.

Para obtener más información, consulte el comunicado de prensa -disponible en inglés y español- yuna entrada de blog del Secretario de Trabajo de EE.UU., Thomas E. Pérez, que incluye un vídeo con la experiencia personal de un trabajador con silicosis. Visite la página web de la norma sobre sílice de la OSHA para consultar las hojas informativas, las respuestas a las preguntas más frecuentes y suscribirse a las actualizaciones por correo electrónico sobre las fechas de cumplimiento y los recursos.

Mantenimiento de registros

El 18 de septiembre de 2014, la OSHA federal publicó una norma final para el 29 CFR 1904.39 (véase el Aviso del Registro Federal más abajo) que amplió la lista de lesiones graves relacionadas con el trabajo que todos los empleadores cubiertos deben informar a la OSHA. La norma revisada mantiene el requisito de notificar todos los accidentes mortales relacionados con el trabajo en un plazo de 8 horas y añade el requisito de notificar a la OSHA todas las hospitalizaciones relacionadas con el trabajo, las amputaciones y la pérdida de un ojo en un plazo de 24 horas. Los establecimientos situados en los estados bajo jurisdicción federal de la OSHA debían cumplir los nuevos requisitos el 1 de enero de 2015.

La OSHA de Nuevo México determinó que buscaría la enmienda de la regla estatal incorporada (11.5.1.16 NMAC) antes de adoptar el cambio de la regla federal para eliminar la posible confusión con respecto al lenguaje de excepción en la Subsección B de la regla estatal. La Junta de Mejora Ambiental (EIB) escuchó el cambio de regla solicitado el 15 de mayo de 2015 y aprobó el cambio con una publicación en el Registro de Nuevo México el 16 de junio de 2015 (ver enlace abajo) y una fecha de vigencia del 16 de julio de 2015.

Aviso del Registro Federal sobre cambios reglamentarios (20140918)

29 CFR 1904.39

Aviso del Registro de Nuevo México

Página web de la OHSB

Nuevos reglamentos y anuncios

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Número de teléfono principal de la OHSB: 505-476-8700

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